jueves, 19 de enero de 2023

 Su Señoria.


Ana Clara Perez Ballester.

Jueza Ana Clara Pérez Ballester responsable de haber dado la tenencia a la madre, quitándoselos a la familia paterna, cuando tenía evidencias negativas para tomar esa decisión. 

No olvidar.

Cómo mínimo debería estar inhabilitada para seguir ejerciendo cómo jueza y me guardo mis comentarios.

@GFrondizi.

La indignante declaración de una de las acusadas de abusar y matar a Lucio Dupuy.

Abigail Páez, la pareja de la mamá del nene asesinado el año pasado, dijo en el juicio que su intención "no fue lastimarlo".

Su crimen conmovió al país.                                                  

Y en el juicio en el que buscan condenar a las dos responsables del aberrante asesinato, una de las acusadas rompió ayer el silencio y generó la indignación de todos.                                        

Abigail Páez, la pareja de la madre de Lucio Dupuy, el niño de 5 años asesinado en noviembre de 2021 en la ciudad pampeana de Santa Rosa, declaró en el juicio que se le sigue a ella y a la mamá de la víctima :

 que su intención "jamás fue lastimarlo y mucho menos matarlo", que lo "extraña mucho", y que lo ocurrido le "duele en el alma".

"Mi intención jamás fue lastimarlo y mucho menos matarlo. Me duele en el alma, lo extraño mucho", afirmó la imputada, al pedir declarar ante el tribunal de Santa Rosa integrado por la jueza Alejandra Ongaro, y los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora.

El Supremo Tribunal de Justicia de La Pampa informó a través de la Oficina de Comunicación Institucional que en su exposición Páez "hizo un relato detallado" del viernes 26 de noviembre de 2021, cuando murió Lucio, "desde que se levantó a las 6.15 hasta que terminó detenida". 

Durante la declaración de Páez, Magdalena Espósito Valenti, madre de Lucio, no estuvo presente en el recinto ni escuchó la exposición.

La acusación del Ministerio Público Fiscal contra la madre de Lucio es "abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser la ascendiente, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia entre ella y la víctima menor de 18 años, en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía"
A Páez se le imputa el mismo delito, pero sin el agravante de ser la ascendiente.

Entre los testimonios de ayer estuvieron dos médicas del hospital Gobernador Centeno, ubicado en General Pico, que atendieron a Lucio en la guardia en 2019 y 2020, por una herida cortante superficial, un traumatismo, una otitis y una faringitis. 

También declaró una empleada municipal que entrevistó a las dos acusadas cuando se acercaron oportunamente a la Dirección de Políticas de Género y Diversidad con Lucio para consultar por cuestiones relacionadas con "el cumplimiento de la cuota alimentaria, el maltrato verbal, la ley de identidad de género y la asistencia económica del Estado a personas en situaciones de vulnerabilidad".

El juicio se desarrolla a puertas cerradas ya que la víctima era menor de edad y se debate un delito contra la integridad sexual. Es que cuando se conoció el caso el 26 de noviembre del año pasado los vecinos salieron a la calle para expresar su reclamo por el crimen del niño y se produjeron serios incidentes en la comisaría donde estaban alojadas las detenidas.

Según la autopsia, solicitada por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA)

el niño "presentaba politraumatismos por golpes, mordeduras y quemaduras, de vieja y reciente data" y que el deceso se produjo por una "hemorragia interna", producto de las agresiones. 

"En mis casi 30 años de profesión nunca vi algo así", había dicho a Télam el forense Juan Carlos Toulouse antes de iniciarse el debate, lo que luego reafirmó al declarar como testigo.

Tras la muerte de Lucio se determinó que el niño había sido asistido al menos cinco veces en un lapso de tres meses por politraumatismos en distintos centros asistenciales de La Pampa, aunque no había denuncias de profesional alguno al respecto, como así tampoco de las autoridades del jardín de infantes al que asistía.

Por tal motivo, se inició una investigación administrativa a nivel gubernamental para establecer responsabilidades de funcionarios en la omisión de denuncias que pudieron haber evitado este desenlace.

Caso Lucio Dupuy:                              

los dibujos que evidenciaban los abusos y maltratos.

La Justicia analizó los dibujos que realizaba el niño de 5 años en el jardín y determinó que estaba pidiendo auxilio. El chico murió el pasado 26 de noviembre como consecuencia de una golpiza en su casa.

La Justicia analizó los dibujos que realizaba Lucio Dupuy e identificó que el niño de 5 años que era violentado por su madre y su pareja estaba pidiendo ayuda. 
Las dos acusadas del crimen son Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez, la madre de Lucio y su novia. 
El chico falleció a raíz de una golpiza que sufrió en su casa en la ciudad de Santa Rosa, La Pampa, el 26 de noviembre pasado.

Luego de que las pericias psicológicas a la madre de Lucio y su pareja indicaran en ellas “rasgos de perversidad”, la Justicia pidió examinar los dibujos que realizaba el menor en su jardín. 

Según contó el abuelo de Lucio, Ramón Dupuy, los resultados de los análisis indicaron que "pedía auxilio a gritos".

La autopsia confirmó que la víctima presentaba politraumatismos por golpes, mordeduras y quemaduras, de vieja y reciente data. 
Los fiscales de la causa indicaron que, de acuerdo a la historia clínica, Lucio fue atendido cinco veces en tres meses por presentar lesiones, algunas de ellas de gravedad.

Cómo eran los dibujos de Lucio Dupuy.


El abuelo de Lucio Dupuy señaló que la mayoría de los dibujos eran sin ojos porque vio algo que no tenía que ver, y a su vez las piernas estaban cortadas o directamente no las tenía: "El significado de eso todavía no lo tengo, pero aparentemente puede llegar a ser porque lo hayan atado o por violaciones", sostuvo.

El abogado querellante, José Mario Aguerrido, también señaló que "el informe da cuenta que, los dibujos, son de un niño sufriente y gritando gráficamente" y agregó que la pericia dice que el nene "enuncia con sus tachones, borroneos y colores lo que no podía o no se animaba a verbalizar".

El abuelo del niño de 5 años fallecido reclamó que las maestras "se tendrían que haber dado cuenta" de la violencia que sufría el niño. 
"Pedía auxilio a gritos, pero bueno, ahora ya es tarde. 
Nadie se dio cuenta que un nene de 5 años se expresaba así con los dibujos”, lamentó.

Asimismo, desde la familia de Lucio piden que se impulse el proyecto de Ley Lucio, que tiene como objetivo generar capacitaciones para que los profesionales que intervienen en la crianza de los chicos cuenten con las herramientas necesarias para darse cuenta cuándo un menor sufre violencia y para que se active la línea 102 a nivel nacional.

De qué se las acusa a Valenti y Páez.

La madre de Lucio, Magdalena Espósito Valenti, está imputada por los delitos de "homicidio triplemente calificado por el vínculo (por ser ascendiente) y con ensañamiento y alevosía; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización y con acceso carnal vía anal, triplemente agravado por ser la guardadora al momento de los hechos, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia con la víctima menor de 18 años, como delito continuado".

A su pareja, Abigaíl Páez, se la acusó del delito de "homicidio doblemente agravado, por ser con ensañamiento y alevosía; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización y con acceso carnal vía anal, triplemente agravado por ser la guardadora al momento de los hechos, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia con la víctima menor de 18 años, como delito continuado".
Juez : Ana Clara Diaz Ballester.

Polémico fallo: 

La justicia salvó de un sumario a la jueza Pérez Ballester, quien devolvió la custodia de Lucio Dupuy a su madre acusada del infanticidio

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa, con posiciones divididas, resolvió fallar en contra de la denuncia hacia la jueza de Familia de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, quien quedó bajo la lupa tras el infanticidio de Lucio Dupuy, debido a que le otorgó la custodia completa a su madre, hoy principal acusada del crimen junto a su pareja, Magdalena Espósito.

Al igual que sucedió con el titular del Ministerio Público Fiscal, Mario Bongianino, quien había sido denunciado por dos defensoras oficiales por malos tratos, el Superior Tribunal de Justicia, en fallo dividido, salvó de un sumario administrativo a la jueza de Familia piquense, Ana Clara Pérez Ballester. En este caso, la magistrada quedó bajo la lupa por su actuación previa al homicidio del niño Lucio Dupuy, por el cual se encuentran detenidas la madre y la pareja de esta.

El fallo bloqueó la posibilidad de sumariar a la jueza para ver si había actuado bien al convalidar el acuerdo de partes por el cual la tía de Lucio le devolvió la tenencia a la madre, Magdalena Espósito Valenti. Quien recomendó hacer un sumario fue el instructor de la investigación interna que el Superior Tribunal de Justicia ordenó para determinar si había existido una denuncia previa ante la Justicia por hechos de violencia intrafamiliar contra el pequeño.

Los cinco miembros del STJ se expresaron al respecto, siendo los piquenses Fabricio Losi y Elena Fresco y el santarroseño Eduardo Fernández Mendía quienes optaron por archivar la actuación; en contraposición a la posición del actual presidente del organismo, Hugo Díaz y el ministro José Sappa. Los posicionamientos fueron exactamente iguales a los de la sentencia que «salvó» a Bongianino.

Conclusiones.

El 7 de diciembre de 2021, el instructor elevó al STJ un informe con dos conclusiones: en primer lugar, que hubo presentaciones ante organismos de la justicia provincial relacionadas con situaciones de violencia padecidas por el menor que hubieran sido desatendidas, y en segundo lugar, en la oportunidad de resolverse el expediente judicial vinculado con la petición de cuidado personal a favor de Magdalena Espósito Valenti y consecuentemente dejar sin efecto la designación de la señora Leticia Hidalgo como tutora del niño, el Juzgado de Familia de General Pico no tomó las mismas prevenciones que dispuso a la hora de otorgar la tutela a Hidalgo.

«Dicho de otro modo, mientras que en el expediente sobre la tutela se ordenó la realización de prueba de testigos y de un informe socio ambiental, hechos razonables que permitieron conocer el hogar en el que viviría el niño Lucio, a la hora de resolver dejar sin efecto la designación de la tutela no dispuso las mismas medidas probatorias a pesar que estaba homologando un convenio privado no celebrado ni ratificado en presencia de ningún órgano judicial», dijo el instructor.

Y continuó: «Así se homologó el acuerdo sobre el cuidado personal del niño Lucio Abel Dupuy sin que previamente hubiera existido un informe socio ambiental u otra diligencia de prueba tendiente a garantizar el bienestar del niño, desatendiendo, en opinión de esta Instrucción, la perspectiva de infancia. Es por ello por lo que resultaría viable la formación de un sumario disciplinario para comprobar la existencia o inexistencia de faltas u omisiones en el desempeño del cargo», concluyó respecto a lo actuado por la jueza Pérez Ballester.


Díaz y Fresco.

El juez Hugo Díaz, al justificar su voto, dijo que surgía de la investigación «la inexistencia de denuncias previas al día 26 de noviembre de 2021», pero, sin perjuicio de ello, sostuvo que en la etapa de investigación previa la instrucción, se advirtieron hechos que, prima facie, «serían susceptibles de generar una eventual responsabilidad disciplinaria que requiera ser deslindada en el marco de una actuación de procedimiento sumarial que garantice el debido proceso y la defensa».

En ese sentido, Díaz votó por iniciar un procedimiento de sumario para determinar si Pérez Ballester había cometido una falta en el ejercicio de su cargo.

La ministra Elena Victoria Fresco, en cambio, recordó que la instrucción sumaria que se realizó por orden del STJ tenía un único objetivo: establecer la existencia de alguna presentación o denuncia en el Poder Judicial de La Pampa relacionada con algún modo de maltrato o violencia contra Lucio, previo a su asesinato. Y remarcó que tal cosa no existió.

Respecto a la actuación de Pérez Ballester, Fresco sostuvo que «el discernimiento de la tutela del niño a favor de la Sra. Hidalgo tiene características diferentes en cuanto a la plataforma fáctica y jurídica; ya que ambos institutos difieren incluso también respecto de las partes intervinientes. Es por ello que se les imprimió una sustanciación y resolución distinta», sostuvo. 
De este modo, convalidó la decisión de la jueza de Familia de requerir informe socio ambiental antes de otorgar la tutela a la tía y no hacerlo, tiempo después, previo a restituir al niño con la madre. 
Por ese motivo, Fresco pidió el archivo de las actuaciones.

Sappa versus Losi.

El piquense Fabricio Losi inició su fundamentación en un tono más directo, pues sostuvo que la afirmación del instructor respecto a que la jueza Pérez Ballester habría desatendido la «perspectiva de infancia» carecía de «mayores fundamentaciones», ya que «…no indica qué norma del derecho sustancial o adjetivo habría incumplido la magistrada competente».

«Es cierto que la formación de un sumario tiene como finalidad acreditar, o no, la existencia de una infracción a las normas sancionadoras, pero su inicio debe tener un mínimo de certidumbre, comenzando por la descripción del hecho, la norma vulnerada y la posible adecuación a un tipo infraccional concreto», añadió.

Losi sostuvo que el juicio oral y público por el crimen de Lucio será el ámbito donde determinar si hubo falencias en los operadores judiciales que intervinieron, «lo cual permitirá en un futuro retomar el análisis de la conducta de la Dra. Pérez Ballester». Por ese motivo, pidió el archivo del expediente.

Sappa abrió su dictamen dejando en claro que compartía el voto de Díaz. «¿Por qué desoír la opinión fundada de la Instrucción…?», preguntó. Dijo que el informe del instructor era «un instrumento idóneo» y, en disenso con Losi, sostuvo que «sí existen elementos de entidad suficiente para incoar el sumario administrativo a la jueza actuante y a los funcionarios judiciales intervinientes en el caso del niño Dupuy».

«Lo contrario es empalidecer la actividad presumarial o averiguaciones previas de esta información sumaria quien ha advertido posibles conductas en el organismo jurisdiccional interviniente pasibles de reproche disciplinario», añadió.


Desempate.

El voto que desempató las posiciones fue el de Fernández Mendía, redactado en una jerga hermética, alejada del lenguaje judicial más directo y sencillo que el propio STJ dice promover. 
El juez adhirió plenamente a lo expresado por Fresco y Losi añadiendo argumentos formales respecto a los motivos por los cuales la decisión de la jueza de Familia no debe quedar sujeta a la revisión por parte de un instrumento como el sumario, propio del derecho administrativo.
«En este proceso nuestro Tribunal, en principio, resulta ajeno radicalmente a su revisión, la que le es atribuible a la respectiva Alzada en caso de impugnación», sostuvo.

Con tres votos contra dos, el STJ ordenó el archivo de la información sumaria y bloqueó la posibilidad de determinar si Pérez Ballester actuó bien o no cuando convalidó que Lucio volviera a vivir con su mamá.

La investigación del instructor.

El 29 de noviembre de 2021, tres días después de ocurrido el asesinato de Lucio Dupuy, el STJ dispuso la instrucción de una información sumaria, con el objeto de detectar posibles presentaciones ante organismos de la justicia provincial relacionadas con las situaciones de violencia padecidas por el niño y que podrían haber sido desatendidas.

Al efecto, se designó al Instructor Sumarial, y se lo dotó de las facultades necesarias para que pudiera recabar las pruebas del caso. Durante su trabajo, el funcionario judicial libró once oficios a distintos organismos del Poder Judicial: la Procuración General; el Juzgado de Familia Niños, Niñas y Adolescentes 1 de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial; el Juzgado de Familia Niñas, Niños y Adolescentes 2 de la Segunda Circunscripción Judicial; el Centro Público de Mediación Judicial; la Oficina de Mediación Judicial de la Primera Circunscripción; la Oficina de Orientación Jurídica -Ministerio Público de la Defensa en lo Civil- de la Primera Circunscripción Judicial; la Defensoría Civil 3 de la Primera Circunscripción Judicial; la Oficina de la Mujer y Violencia Doméstica de la Dirección General de Administración; la Secretaría de Sistemas y Organización y la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes 2 de la Segunda Circunscripción Judicial.

La totalidad de los oficios fueron contestados y remitidos a una casilla de correo única dentro de un plazo de 48 horas. De este modo, el instructor recibió un informe circunstanciado de cada uno de los organismos con la totalidad de la documentación vinculada al caso.   A su vez, el funcionario concertó una reunión con familiares del niño.
Algunas personas ajenas a la justicia, creeque, de acuerdo a politicas permisivas y complacientes con politicas actuales, la Juez Perez Ballester concedio la tenecia a la madre por una cuestion de genero, sin imponer las mismas condiciones impuesdtas al padre para la tencia. 
La victima, un niño de cinco años, a quien la " justicia " entrego a sus verdugos.

¿ La Juez. . . No sabia.?

Si no sabia ... ¿con que fundamento sudecision ? 

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