viernes, 7 de octubre de 2022

PACIENTES VACUNADOS ENCONTRADOS CON

SANGRE ANORMAL",  

MUESTRA UN ESTUDIO.-

Por : FRANCO BERGMAN .-
SLAY .-

Los pacientes que han recibido vacunas contra el COVID-19 tienen “sangre anormal” mucho después de recibir las inyecciones, según descubrió un nuevo estudio.

Investigadores en Italia evaluaron la sangre de 1006 pacientes que habían recibido al menos una dosis de una vacuna de ARNm COVID-19.                                                                                                  

El estudio encontró que los pacientes tenían "materia extraña" en la sangre mucho después de la vacunación.                                                          

Los investigadores publicaron los resultados de su estudio en el International Journal of Vaccine Theory, Practice, and Research en agosto de 2022.                                                                              

Los tres cirujanos que realizaron el estudio fueron Franco Giovannini, MD, Riccardo Benzi Cipelli, MD y Giampaolo Pisano, MD

Examinaron la sangre recién extraída de más de 1000 pacientes utilizando la observación directa bajo microscopios para evaluar la sangre.

En el estudio, los médicos italianos usaron microscopía óptica, o microscopios de luz regulares, para examinar la sangre.

Según  Epoch Times , la microscopía de luz proporciona una imagen directa de lo que hay debajo de la lente.

Este no es el caso con la microscopía electrónica.

Con la microscopía óptica, los médicos pueden comprender mejor la salud de un paciente al examinar la forma de las células sanguíneas, así como si están agregadas (agrupadas), para tomar determinaciones.

En su estudio de 60 páginas revisado por pares, los médicos italianos detallaron estudios de casos basados ​​en sus observaciones.

De los 1006 pacientes, 426 eran hombres y 580 mujeres. 141 sujetos recibieron solo una dosis de una vacuna de ARNm COVID-19, 453 recibieron dos dosis y 412 habían recibido una vacuna de refuerzo (tres dosis en total) en el momento de la extracción de sangre.

Los pacientes tenían entre 15 y 85 años, con una edad promedio de 49 años.

Los 1006 pacientes buscaban tratamiento médico porque no se sentían bien y presentaban una amplia variedad de problemas de salud.

En promedio, los pacientes cuya sangre se examinó habían sido vacunados aproximadamente un mes antes.

De los 1006 pacientes, solo el cinco por ciento, o 58 personas, tenían sangre que parecía normal y saludable.

Los médicos pudieron examinar la sangre de 12 de los pacientes antes de que recibieran las inyecciones de la vacuna COVID-19.

En ese momento, antes de la vacunación, se encontró que los 12 pacientes tenían sangre normal y sana, informaron los investigadores.

Las imágenes de lado a lado de la sangre de un paciente antes y después de la vacunación revelaron marcadas diferencias.

Antes de la vacunación, los glóbulos rojos están separados unos de otros y son redondos.

Sin embargo, la sangre extraída después de la vacunación reveló glóbulos rojos deformados.

Además, el grupo en coagulación alrededor de "material extraño" visible que no estaba presente antes.

El material extraño pareció acumularse en estructuras, a veces formando cristales, mientras que otras veces formando largos tubos o fibras, informaron los investigadores.

Dos formas notadas repetidamente por los médicos italianos eran "trozos de cristal y longitudes de tubo".

Los investigadores no pudieron confirmar que lo que estaban viendo fuera grafeno, aunque señalaron que el grafeno puede agregarse en formas similares a las que observaron.

Si el grafeno se estaba ensamblando en estructuras dentro del torrente sanguíneo, podría ser una causa de la coagulación.

El grafeno es una forma de carbono que se produce cuando los átomos se organizan en hexágonos, formando un cristal plano, como una hoja.

De esta forma, el carbono se comporta químicamente como un compuesto metálico.

El grafeno se ha utilizado en vacunas contra la gripe de administración nasal, aunque no figura como  ingrediente  en las vacunas de ARNm de Pfizer y Moderna.

Los investigadores no pudieron probar el grafeno y, aunque no pudieron determinar la causa de las observaciones sanguíneas anormales, sintieron que sus hallazgos debían compartirse con la comunidad médica.

Por :  Frank Bergman

Frank Bergman es un periodista político/económico que vive en la costa este. Además de los informes de noticias, Bergman también realiza entrevistas con investigadores y expertos en materiales e investiga a personas y organizaciones influyentes en el mundo sociopolítico.

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 7883/2022.-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Disposición 7883/2022.-

DI-2022-7883-APN-ANMAT#MS.-

 

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2022.-

VISTO el Expediente Electrónico EX-2022-100243401-APN-DVPS#ANMAT y;

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones citadas en el VISTO se inician a raíz de que el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibió una denuncia realizada por un usuario a través del correo electrónico donde se tomó conocimiento sobre la comercialización de productos domisanitarios sin registro ante la Administración Nacional, de la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L., con RNE N° 020046118, bajo el rubro elaborador, fraccionador, importador, exportador de productos de uso doméstico de aromatizantes (líquidos) (en trámite de reinscripción). Cabe aclarar que, actualmente, y desde octubre de 2019, la firma se encuentra inhibida para elaborar y comercializar productos domisanitarios según acta de inspección, ACTA-2022-77420581-APN-DVPS#ANMAT de la OI: 2019/2512-DVS-995 (EX-2019-63791033-APN-DGA#ANMAT).

Que el motivo de la denuncia fue por la comercialización de productos domisanitarios sin registro, cuyos rótulos tienen los siguientes datos, entre otros: “AROMATIZADOR PARA AMBIENTES. PREMIUM QUALITY. DULCE DURAZNO 250 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: 2 AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. LOTE: 011120. RNE N°: 5128/2014. TIN: N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.”, • “AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS. DURAZNO DULCE 200 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: 2 AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. LOTE: 011020. RNE N°: 5128/2014. TIN: N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.”; • “AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS. VAINILLA 500 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. LOTE: 011020. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.”; • “AROMATIZANTE PARA HORNILLO. MUSK 10 cm3. Marca: ILUMINARTE.”; • “DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MANGO MARACUYÁ 500 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. LOTE: 011020. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.”; • “DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MANGO MARACUYÁ 200 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: TRES AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. LOTE: 011021. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.”; y • “DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MELON 60 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. LOTE: 011022. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.”

Que entre los datos que se observaron en los rótulos figuraba un número de lote que en algunos de los productos se repetía, en todos los productos figuraba un mismo número de trámite interno “5128/2014” y en algunos casos como RNE se consignaba un número de registro de producto; asimismo, el TI N° 5128/2014 de la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L. corresponde a un odorizador/aromatizante de ambiente de marca “Iluminarte”.

Que a partir de esta información se realizó la búsqueda de otros datos de los productos y de la firma y se constató la oferta de productos domisanitarios marca Iluminarte en su propia página web; www.iluminarte.com.ar.

Que por lo expuesto, el Servicio de Domisanitarios citó a la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L. para el reconocimiento de los productos denunciados y de la página web, según consta en ACTA-2022-77420581-APNDVPS#ANMAT mediante expediente EX-2022-72212802-APN-DVPS#ANMAT.

Que luego de expuesto el motivo de la entrevista y exhibidas las fotografías de los productos de la denuncia, los representantes de la firma declararon que el lote de sus productos se correspondía con la fecha de elaboración y que debían analizar mejor las imágenes para determinar si las etiquetas correspondían a las de sus productos.

Que asimismo, las funcionarias le consultaron a la firma por su página web en la cual se publicitaban y promocionaban productos domisanitarios no registrados y la firma declaró que por la página web no se podían comprar productos y que podían ser productos de stock; las funcionarias le señalaron que si así fuera se trataría de productos vencidos en virtud de que la firma se encuentra inhibida de elaboración y comercialización y los productos tendrían un plazo de validez de 2 años.

Que por otra parte, ante la comunicación por parte de las funcionarias de que se daría intervención a la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta ANMAT respecto de las publicaciones en la página web, los representantes de la firma se comprometieron a eliminar los links de los productos domisanitarios de forma voluntaria e inmediata.

Que en respuesta al acta entrevista RE-2022-80669807-APN-DTD#JGM la firma reconoció los productos de la denuncia como propios, declaró el stock de algunos de estos productos y de otros productos de marca “Iluminarte” presentes físicamente en la planta, los cuales habrían sido separados y rotulados como “No Conformes”, con posterioridad al acta de entrevista.

Que a continuación, se detallan los productos marca “Iluminarte” presentes en el establecimiento, que si bien no estaban alcanzados por la denuncia, tampoco cuentan con registro ante la Administración Nacional: • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MANGO MARACUYA 200 ML. MARCA: ILUMINARTE. LOTE: 011021. • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MAGNOLIA VAINILLA 60 ML. MARCA: ILUMINARTE. LOTE: 011022; • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MANGO MARACUYA 500 ML. MARCA: ILUMINARTE. LOTE: 011020; • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. PAPAYA 60 ML. MARCA: ILUMINARTE. LOTE: 011021;y • AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS VAINILLA SPRAY 200 ML. MARCA: ILUMINARTE. LOTE: 011021.

Que con respecto a la página web de la firma, al día de hoy, no se encuentran publicados de productos domisanitarios, por lo cual a la fecha no queda justificada la intervención de la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta ANMAT.

Que por todo lo expuesto, según el Servicio de Domisanitarios la firma presuntamente incumpliría el artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N°708/98, el artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N°709/98, el artículo 1° de la Disposición ANMAT Nº 7293/1998 y el artículo 1° de la Disposición ANMAT Nº 7292/1998; toda vez que estuvo elaborando productos domisanitarios en el establecimiento inhibido por esta Administración Nacional para realizar actividades productivas y sumado a esto los productos elaborados bajo dicha condición no cuentan con registro ante la Administración Nacional.

Que en consecuencia, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, sugirió: a) Prohibir de uso y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta digital, todos los lotes de los siguientes productos de la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L., RNE N° 020046118, hasta tanto la firma no regularice la habilitación de su establecimiento y el registro de sus productos ante esta ANMAT: • AROMATIZADOR PARA AMBIENTES. PREMIUM QUALITY. DULCE DURAZNO 250 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: 2 AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N°: 5128/2014. TIN: 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR, • AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS. DURAZNO DULCE 200 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: 2 AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N°: 5128/2014. TIN: 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR; • AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS. VAINILLA 500 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR; • AROMATIZANTE PARA HORNILLO. MUSK 10 cm3. Marca: ILUMINARTE. DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MANGO MARACUYÁ 500 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.; • DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MANGO MARACUYÁ 200 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: TRES AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.; • DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MELON 60 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.; • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MANGO MARACUYA 200 ML. MARCA: ILUMINARTE; • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MAGNOLIA VAINILLA 60 ML. MARCA: ILUMINARTE; • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MANGO MARACUYA 500 ML. MARCA: ILUMINARTE; • AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. PAPAYA 60 ML. MARCA: ILUMINARTE; • AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS VAINILLA SPRAY 200 ML. MARCA: ILUMINARTE; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L. (CUIT Nº 30-70798632-4), sita en la calle Alianza 921, de la localidad de Ciudadela, partido Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires, con RNE N° 020046118, como responsable del producto y al Director Técnico por los presuntos incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados ut-supra; y c) Comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.

Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en estos obrados en virtud de lo dispuesto por el artículo 3º inciso b) del Decreto Nº 1490/92.

Que en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso n) y ñ) del artículo 8º y el inciso q) del artículo 10º del Decreto Nº 1490/92 las medidas aconsejadas resultan ajustadas a derecho.

Que la Dirección de Evaluación de Gestión y Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.

Por ello:

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°- Prohíbase el uso y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta digital, todos los lotes de los siguientes productos de la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L., RNE Nº 020046118, hasta tanto la firma no regularice la habilitación de su establecimiento y el registros de sus productos ante esta Administración Nacional: AROMATIZADOR PARA AMBIENTES. PREMIUM QUALITY. DULCE DURAZNO 250 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: 2 AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N°: 5128/2014. TIN: 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR, AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS. DURAZNO DULCE 200 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: 2 AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N°: 5128/2014. TIN: 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR; AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS. VAINILLA 500 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR; AROMATIZANTE PARA HORNILLO. MUSK 10 cm3. Marca: ILUMINARTE. DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MANGO MARACUYÁ 500 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.; DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MANGO MARACUYÁ 200 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: TRES AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.; DIFUSOR AROMATIZADOR DE AMBIENTES. MELON 60 ml. Marca: ILUMINARTE. VALIDEZ: DOS AÑOS DESDE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN. RNE N° 020046118. TI N° 5128/2014. WWW.ILUMINARTE.COM.AR.; AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MANGO MARACUYA 200 ML. MARCA: ILUMINARTE; AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MAGNOLIA VAINILLA 60 ML. MARCA: ILUMINARTE; AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. MANGO MARACUYA 500 ML. MARCA: ILUMINARTE; AROMATIZADOR DE AMBIENTES. DIFUSOR. PAPAYA 60 ML. MARCA: ILUMINARTE; y AROMATIZANTE AMBIENTES Y TELAS VAINILLA SPRAY 200 ML. MARCA: ILUMINARTE.

ARTÍCULO 2º- Instrúyase sumario sanitario a la firma VELAS DE LOS MILAGROS S.R.L., CUIT N° 30-70798632-4, con domicilio en la calle Alianza 921 de la localidad de Ciudadela, partido Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires, por los presuntos incumplimientos al artículo 816 del Reglamento Alimentario Nº 141/53, 1º de la Resolución ex MS y AS N°708/98, el artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N°709/98, el artículo 1° de la Disposición ANMAT Nº 7293/1998 y el artículo 1° de la Disposición ANMAT Nº 7292/1998.

ARTÍCULO 3º- Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese al Gobierno de la provincia de Buenos Aires, a las autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales. Dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.

Manuel Limeres

BURYAILE DENUNCIÓ EN EL CONGRESO, EL DESFINANCIAMIENTO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FORMOSA .-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

El diputado nacional Ricardo Buryaile, interpeló durante la Comisión de Presupuesto al ministro de Educación de la Nación, Jaime Perczyk.                                                            

Durante su intervención, le pidió al funcionario que explique por qué utilizan fondos nacionales que pertenecen a la Universidad Nacional de Formosa (UNaF) para financiar institutos provinciales.

"Esto realmente es una sorpresa, no sólo porque el Instituto Universitario de Formosa (provincial), no tiene reconocimiento nacional, sino porque depende netamente de la UNaF. La cual casualmente a mediado de este año comenzó a ser desfinanciada por parte de la Secretaría de Políticas Universitarias lo cual llevó a que se declare en Emergencia", comentó Buryaile.

El legislador Formoseño aseguró que "la financiación al organismo provincial, está mal incluida ya que Nación no puede sacarle presupuesto a una universidad nacional para financiar un instituto provincial. Esto dará pie a la destrucción de las universidades nacionales".

Buryaile, cuenta que a nivel nacional hay casas de altos estudios que están financiadas en un 44% por encima del promedio, sin embargo, en Formosa la UNaF tiene el 31% por debajo del mismo. Y, afirmó: "Estos actos son un ataque a la autonomía universitaria y al cogobierno, que pone en apriete a las universidades nacionales”.

Finalmente, fustigó: “Quisiera tener su palabra, deme su compromiso ministro, que no intervendrán mediante un DNU en la Universidad Nacional de Formosa.-


 

MANZUR: “ES UN ORGULLO DE ESTE GOBIERNO HABERLE DEVUELTO UN LUGAR CENTRAL A LA SALUD”.- ¿. . . ?

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

El jefe de GabineteJuan Manzur, encabezó la firma de un acuerdo entre ARSAT, la empresa de telecomunicaciones del Estado nacional, y el Hospital Prof. Dr. Juan P. Garrahan para mejorar la conectividad informática del centro de salud pública, gratuita y de alta complejidad pediátrica del país.

“Es un orgullo de este Gobierno nacional haberle devuelto un lugar central a la salud”,  destacó Manzur   durante el acto llevado a cabo en Casa Rosada.                                                                                        

El documento fue suscripto por el presidente de ARSATFacundo Leal, y la presidenta del Hospital GarrahanGabriela Bauer.                          

El objetivo del convenio marco es promover y ejecutar proyectos de accesibilidad informática, tecnológica y de comunicación para el centro asistencial, donde cada año se reciben 610 mil consultas médicas y se realizan 12 mil cirugías.                                                                              

Una de las prioridades establecidas en el convenio consiste en conectar al hospital, inaugurado hace 35 años, a un nodo de la Red Federal de Fibra Óptica (REFEFO), que reduce la brecha digital entre los grandes centros urbanos y las localidades más pequeñas, beneficiando tanto a los trabajadores como a los pacientes y sus familias.

El avance tecnológico permitirá, por un lado, una mejor interconexión entre las 300 Oficinas de Comunicación a Distancia que el Hospital tiene distribuidas en las 24 jurisdicciones de la Argentina, facilitando así el fortalecimiento de los equipos de salud.

La tecnología y la conectividad son, especialmente, recursos esenciales para los pacientes del Garrahan y sus familias, por lo cual la optimización de estas herramientas fortalecerá los vínculos y favorecerá la accesibilidad a contenidos de información y recreación mientras transcurren los procesos de recuperación de las y los pacientes.

“La labor articulada con ARSAT significa mucho para un hospital que trabaja federalmente, porque permite estar cerca de las niñas, niños y adolescentes, facilitándoles el acceso a los bienes culturales y medios. Además, propicia el resguardo de datos y la conectividad para las trabajadoras y trabajadores”, dijo Bauer.

De la firma del convenio también participaron el vicejefe de Gabinete, Juan Manuel Olmos; la secretaria de Innovación Pública, Micaela Sánchez Malcolm; el director y subgerente general de ARSAT, Alejandro Persano; el secretario de Calidad en Salud, Alejandro Collia; la consejera del Garrahan Gabriela Tozoroni y la directora médica ejecutiva del Hospital, Patricia García Arrigoni, entre otras funcionarias y funcionarios.