SECRETARÍA GENERAL .
Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-
Resolución 670/2022.-
RESOL-2022-670-APN-SGP.
Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2022.
VISTO el EX-2022-08652827- -APN-CGD#SGP, el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución S.G. Nº 459 del 21 de octubre de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la presentación efectuada por la Cámara Argentina de Constructores de Embarcaciones Livianas (CACEL), por medio de la cual se solicita declarar de Interés Nacional a la “23 edición del Salón Náutico Argentino”, a realizarse en la CIUDAD de SAN FERNANDO, PROVINCIA de BUENOS AIRES, del 20 al 30 de octubre de 2022.
Que la Cámara Argentina de Constructores de Embarcaciones Livianas (CACEL), es una entidad sin fines de lucro que trabaja para el desarrollo de la industria naval liviana, la promoción de la náutica, su práctica deportiva y recreativa, y el turismo conexo.
Que, en su ámbito, los astilleros presentarán los últimos lanzamientos y novedades en lanchas, cruceros, sport cruisers, catamaranes, veleros, semirrígidos, motos de agua y jets ski, entre otros, exhibiéndose, además, los más variados productos y servicios afines: motores marinos, accesorios náuticos, instrumental electrónico, servicios técnicos, mantenimiento, servicios profesionales, turismo, deportes náuticos, amarraderos, guarderías y escuelas náuticas.
Que estos eventos revisten la mayor importancia, pues dan a conocer el avance de la industria, en esta ocasión, la industria náutica, su desarrollo y expansión.
Que la relevancia de este acontecimiento ha sido puesta de manifiesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, organismo que auspicia la realización de la “23 edición del Salón Náutico Argentino”, por medio de la RESOL-2022-6-APN-UGA#MRE, de fecha 3 de mayo de 2022.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente.
Que la Cámara Argentina de Constructores de Embarcaciones Livianas (CACEL) ha presentado la documentación requerida por la Resolución S.G. Nº 459/94, mediante la cual se establecen los requisitos y procedimientos a los que se debe ajustar el trámite de declaraciones de Interés Nacional.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Nacional a la “23 edición del Salón Náutico Argentino”, a realizarse en la CIUDAD de SAN FERNANDO, PROVINCIA de BUENOS AIRES, del 20 al 30 de octubre de 2022.
ARTÍCULO 2º.- La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 20.01- SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
Julio Fernando Vitobello.
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