ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES .
Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-
Resolución 654/2022 .-
RESFC-2022-654-APN-D#APNAC.
Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2022.
VISTO el Expediente EX-2022-44391593-APN-DGA#APNAC, la Ley Nº 22.351, los Decretos Nros. 453 de fecha 24 de marzo de 1994 y 537 de fecha 1º de agosto 2019, y las Resoluciones Nros. 259/2017 de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y 225/2017 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del citado Decreto N° 453/1994 se creó la categoría de Reserva Natural Silvestre (R.N.S.) y se dispuso que las mismas serán aquellas áreas que se encuentren en el dominio del ESTADO NACIONAL “(...) de extensión considerable, que conserven inalterada o muy poco modificada la cualidad silvestre de su ambiente natural y cuya contribución a la conservación de la diversidad biológica sea particularmente significativa en virtud de contener representaciones válidas de uno o más ecosistemas, poblaciones animales o vegetales valiosas a dicho fin (...)”.
Que según el “Relevamiento rápido y tareas de Control y Fiscalización en la Reserva Natural Yvyporá”, obrante en el documento IF-2022-47882848-APN-PNI#APNAC, el área tiene un alto valor ecológico y se presenta como un espacio con remanente de bosque en una zona estratégica que propicia la conservación de la biodiversidad.
Que la FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE ARGENTINA donó, con cargo y a favor del ESTADO NACIONAL –ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, DOS (2) lotes bajo la categoría de una Reserva Natural, ubicados en el Municipio Comandante Andresito, Departamento General Manuel Belgrano, provincia de Misiones, con una superficie total de SETENTA Y OCHO hectáreas (78 has.), según surge en el documento IF-2017-11251980-APN-DD#APNAC.
Que a través del dictado de la Resolución del Directorio N° 259/2017 la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES aceptó la donación con cargo anteriormente mencionada.
Que, asimismo, por medio de la Resolución del Presidente y Vicepresidente N° 225/2017 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, se resolvió aceptar la donación descripta precedentemente y asignar los inmuebles en uso a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que a través del Decreto Nº 537/2019 se creó la Reserva Alto Iguazú (R.A.I.), y se estipuló articularla funcionalmente al Parque Nacional Iguazú.
Que esto implicó que la RAI queda a cargo de la Intendencia del Parque Nacional Iguazú y que se rige bajo el Plan de Gestión de la mencionada Área Protegida, aprobado en 2018 mediante la Resolución del Directorio Nº76/2018, obrante como documentación IF-2017-27701120-APN-DNC#APNAC.
Que de acuerdo a las Directrices de Zonificación de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, aprobadas mediante la Resolución del Directorio N° 74/2002, se establece que las Unidades de Conservación que no cuenten con el Plan de Manejo aprobado, deberán elaborar una Zonificación Preliminar a fin de contar con pautas orientativas para manejar los espacios de la unidad.
Que, con motivo de ello y sujeto al cargo, se desarrolló en coordinación con la FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE ARGENTINA un documento de gestión articulado con el Plan de Gestión del Parque Nacional Iguazú y que describe la zonificación preliminar del área con detalle de usos, actividades permitidas, y superficies relativas, en línea con la Directrices para la Zonificación de Áreas Protegidas aprobadas por la Resolución mencionada en el Considerando precedente, obrante como documento IF-2022-78328105-APN-DTC#APNAC.
Que las Direcciones Nacionales de Conservación, de Operaciones y de Uso Público, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Intendencia del Parque Nacional Iguazú han tomado las intervenciones que les competen.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos k) y w), de la Ley N°22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 °.- Apruébase la Zonificación Preliminar de la Reserva Natural Silvestre “Alto Iguazú”, obrante como documento IF-2022-78328105-APN-DTC#APNAC.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase a la Intendencia del Parque Nacional Iguazú incluir esta zonificación preliminar en el proceso de evaluación periódica del Plan de Gestión del Área Protegida y realizar un diseño comunicacional de la zonificación preliminar para su posterior inclusión en el Plan de Gestión del Área Protegida.
ARTÍCULO 3 °.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se publique la presente por un día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
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