jueves, 30 de junio de 2022

LOS EFECTOS PARA CEUTA Y MELILLA DEL CONCEPTO ESTRATEGICO DE LA OTAM APROBADO EN MADRID

Por : ELENTIR .
Fuente : Contando Estrelas.

Este miércoles 29 de junio, la OTAN aprobó su Concepto Estratégico 2022 en la cumbre de la Alianza Atlántica que se está celebrando en Madrid.

¿Actuaría la OTAN en caso de ataque contra Ceuta y Melilla? Esto dicen sus documentos .

El apoyo de Rusia al separatismo en España y el apoyo de separatistas españoles a Rusia .


Este lunes se cumplieron 40 años de la adhesión de España a la OTAN, una adhesión que se produjo el 30 de mayo de 1982, con el rechazo de la izquierda.

El servicio de inteligencia español, decapitado para contentar a los títeres de

Putin en España.
El apoyo de Rusia al separatismo en España y el apoyo de separatistas españoles

a Rusia.

La facción comunista del gobierno de España y su rechazo a la OTAN.                                                                                            Precisamente, estos días la facción comunista del gobierno de España está aprovechando la próxima cumbre de la OTAN, que se celebrará en Madrid del 28 al 30 de junio, para mostrar su rechazo a la Alianza Atlántica. Un rechazo que no es nuevo. Recordemos que en septiembre de 2013, el hoy ministro de Consumo, el comunista Alberto Garzón, acusó a la OTAN de ser una “organización de terrorismo legal”, un mensaje calumnioso que acompañó de una foto de la fragata “Blas de Lezo” de la Armada Española.

Que un político sea capaz de publicar un mensaje tan miserable como éste debería ser motivo suficiente para que no llegase a ministro en un país miembro de la OTAN, pero Pedro Sánchez decidió pactar con estos totalitarios para cumplir su sueño de gobernar al precio que fuese.

La razón de ser de la OTAN: «salvaguardar la libertad»

Hay que recordar que la OTAN nació en 1949, justo cuando comenzaba la Guerra Fría (el año anterior, la URSS había impuesto el bloqueo de la zona occidental de Berlín). Unos años después, en 1955, la Unión Soviética creó la farsa del Pacto de Varsovia para disfrazar su control absoluto sobre la dictaduras satélites de la Europa oriental, unas dictaduras impuestas al final de la Segunda Guerra Mundial por el mismo Stalin que inició esa guerra mediante su alianza con Hitler en 1939, invadiendo conjuntamente Polonia.

Mientras la razón de ser de ese falso pacto de Varsovia era blindar a las tiranías comunistas impuestas por Moscú (recordemos que la URSS envió sus tanques a sofocar la Revolución Húngara de 1956 y la Primavera de Praga de 1969), la OTAN tenía y sigue teniendo como fin “salvaguardar la libertad, la herencia común y la civilización de sus pueblos, basados en los principios de la democracia, las libertades individuales y el imperio de la ley”, tal como afirma el preámbulo del Tratado del Atlántico Norte 

Dicho sea de otra forma: la OTAN es una alianza de pueblos libres, cuyos miembros se unieron a ella por decisión propia para defenderse de una amenaza común: la que tenía su epicentro en Moscú.

La Rusia de Putin es la heredera de la amenaza soviética

Tras la caída del comunismo parecía que la OTAN había perdido su razón de ser, pero no era así. La fuerza nuclear creada por la URSS, y la amenaza que supone, fue heredada por la Federación Rusa. La llegada al poder de Vladimir Putin confirmó esa amenaza, con la invasión de Georgia en 2008, la anexión de Crimea en 2014 y la actual invasión de Ucrania. La política imperialista de Putin no ha hecho más que confirmar que la OTAN sigue siendo necesaria, y de hecho países tradicionalmente neutrales como Finlandia y Suecia han pedido unirse a la Alianza, ante la amenaza que supone Rusia también para ellos.

A día de hoy, el apoyo a la OTAN en los países miembros es ampliamente mayoritario, y significativamente es especialmente alto en Lituania y Polonia, países que perciben especialmente la amenaza rusa al tener frontera con el enclave ruso de Kaliningrado, en el que Rusia tiene desplegados misiles con capacidad de transportar ojivas nucleares desde 2018
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El vínculo ideológico entre los comunistas españoles y el Kremlin

Que los comunistas rechacen a la OTAN no es algo nuevo. La Rusia de Putin es la heredera de la URSS, de la que conserva incluso gran parte de su parafernalia marxista, y eso crea vínculos ideológicos entre los comunistas de la Unión Europea y Moscú. Recordemos que en 2014 un medio afín al gobierno de Putin calificó como “partido prorruso” a Podemosel partido comunista que actualmente gobierna en España junto a los socialistas del PSOE, debido a su alineamiento con la política exterior rusa. Casualmente, el año pasado Podemos y el PSOE votaron en contra de una condena europea de la represión en Cuba, alineándose con esa dictadura comunista. Unos meses antesambos partidos votaron en contra de una condena de los crímenes del comunismo

El rechazo de los comunistas a la Alianza Atlántica tiene un motivo claro: odian la democracia y la libertad, cuya defensa es la razón de ser de la OTAN. Además, ante la invasión rusa de Ucrania, los comunistas españoles y los de otros países europeos han demostrado que quieren una Europa débil y sometida a los chantajes de Putin. 

No olvidemos que el Kremlin ha estado apoyando a la extrema izquierda en Europa occidental durante años, y ahora los comunistas le están devolviendo a su amo de Moscú los favores prestados.

Lo que alguien debería reprocharle a Pedro Sánchez en la cumbre de la OTAN

La pregunta que deberíamos hacernos los españoles es ésta: 

¿cómo podemos consentir que esa chusma totalitaria esté en el gobierno de nuestro país? 

Algo así debería ser motivo de protestas constantes. 

Recordemos que Podemos ni siquiera fue el segundo partido más votado: fue el cuarto. 

Sus aliados socialistas han abierto las puertas del poder a los enemigos de la libertad, que son, también, los enemigos de la OTAN. 

Alguien debió reprochárselo claramente a Pedro Sánchez en la cumbre de la OTAN que se celebro' en Madrid.


miércoles, 29 de junio de 2022

I T Sitio

TODO LO QUE TENES QUE SABER SOBRE LAS NUEVAS RESTRICCIONES A LAS IMPORTACIONES.-

UN INFORME DE I T SITIO.

Conversamos en exclusiva con Maxi Montenegro para entender los detalles de las nuevas medidas del gobierno acerca de las restricciones a las importaciones.

La norma 7532, que el Banco Central anunció este lunes en acuerdo con el Ministerio de Desarrollo Productivo, generó un profundo malestar en todo el sector empresario y nuevamente desconcierto, temor e incertidumbre.

En diálogo exclusivo con el reconocido periodista y economista Maxi Montenegero analizamos en detalle las medidas y compartimos algunas conclusiones de sus posibles consecuencias en el mercado tecnológico.

Desde su canal de YouTube Maxi Montenegro habitualmente publica contenido de interés acerca de economía y política local, además de proponer algunas actividades en vivo interactuando con sus seguidores.

Realidad de las importaciones de TI argentinas.

MRT, una de las Consultoras que más trabaja con los empresarios del sector tecnológico, nos compartió algunos datos de importaciones de las categorías más destacadas en este rubro:

Evolución mensual de los acumulados por unidades según línea de producto.

 

Análisis ampliado desde Junio 2021

Según Gastón Garcia, de MRT: “ Al analizar Notebook, comparando Enero Mayo 2022 vs Enero Mayo 2021, se conserva una tendencia alcista, tanto en unidades (casi un +38%), como en FOB (+83,5%).
En precio promedio por equipo el incremento es un (+33%), ya que en los primeros 5 meses de 2021 el promedio por equipo era de U$D 438, y para el mismo período de este año 2022 estamos en U$D 584.- “

“ La incógnita es ver qué ocurrirá frente a las nuevas medidas, y cómo se aggiornarán los players en este nuevo escenario. Lo que si es prácticamente una certeza es que los precios tenderán a incrementarse.”

Sebastian Magnarelli

Desde 1992 vengo trabajando en el mercado tecnológico pasando por diferente posiciones en empresas líderes de la Industria IT tales como Unisel, HP, SED International - Intermaco - Logitech, Ingram Micro y en un emprendimiento propio de tienda online. En 2012 me sume al equipo de ITSitio.com como Director

¿ Y la Constitución ?

JUNTOS POR EL CAMBIO, REPUDIA LA DECISION DEL PRESIDENTE DE VIAJAR A JUJUY .

PRENSA DE : JUNTOS POR EL CAMBIO 

Juntos por el Cambio repudia enérgicamente la decisión del presidente Alberto Fernández de cancelar su agenda para viajar a la provincia de Jujuy y visitar a Milagro Sala, presa por actos de corrupción.

Después de violar la ley durante la cuarentena como anfitrión de una fiesta en la Quinta de Olivos y de omitir sanciones al conocer la existencia de un vacunatorio VIP, el presidente vuelve a pasar por encima de la Constitución Nacional Argentina.
Esta vez, sin que le tiemble el pulso, apuntando directamente contra la Corte Suprema de Justicia, pidiéndole que "empiece a enmendar las barrabasadas”, en referencia a las causas que aún tiene pendientes la líder de la agrupación Tupac Amaru.


En su artículo 109, nuestra Carta Magna indica: "En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas".
Es inadmisible que la cabeza de uno de los tres poderes que rigen nuestro país, presione a otro, rompiendo toda garantía de igualdad y justicia para el pueblo argentino.

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DE LA REDACCION

CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA

Articulo 109.-

En ningún caso el presidente de la Nacion puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.-


INASE

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS . Resolución 69/2022 .-Por

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Resolución 69/2022.-

RESOL-2022-69-APN-INASE#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2022.

VISTO el Expediente EX-2018-42681060--APN-DSA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del ex – MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa FRESAS NUEVOS MATERIALES S.A., representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa CLARKE, MODET & CÍA. (ARGENTINA) S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética de frutilla (Fragaria x ananassa Duch.) de denominación RIKAS FNM, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley Nº 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha 9 de noviembre de 2021, según Acta Nº 488, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.

Que el suscripto es competente para firmar el presente acto, en virtud de lo establecido en la Resolución Nº RESOL-2022-72-APN-MAGYP de fecha 2 de abril de 2022.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de la creación fitogenética de frutilla (Fragaria x ananassa Duch.) de denominación RIKAS FNM, solicitada por la empresa FRESAS NUEVOS MATERIALES S.A., representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa CLARKE, MODET & CÍA. (ARGENTINA) S.A..

ARTÍCULO 2º.- Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese.

Obdulio San Martín

Resolución 303 / 2022 .-

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES . 

Resolución 303/2022 .-                                                         

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Periodista Acreditado en Casa de Gobierno .-

Resolución 303/2022.-

RESOL-2022-303-APN-MTYD.

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-62335318- -APN-DDE#MTYD, las Leyes Nros. 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y 25.997 y sus modificatorias, el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, sus prórrogas, modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias estableció que compete al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en todo lo concerniente a la promoción y desarrollo en el país de la actividad turística y el aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales.

Que la Ley N° 25.997 y sus modificatorias, declaró de interés nacional al turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país, y dispuso que la actividad turística resulta prioritaria dentro de las políticas de Estado.

Que la Ley N° 27.563 previó el Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales, con miras a fomentar y potenciar la demanda del turismo nacional.

Que los resultados positivos de dicho régimen impulsaron al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES al dictado de la Resolución Nº 305 del 11 de agosto de 2021, por la que se creó el Programa de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales “PREVIAJE”.

Que atento al resultado de la implementación del mentado Programa, que alcanzó a más de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL (4.500.000) turistas en todo el territorio argentino y movilizó más de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL MILLONES ($ 150.000.000.000) en la cadena turística, se estima pertinente dar continuidad a la política de incentivo a la preventa de servicios turísticos nacionales mediante el lanzamiento de una tercera edición del Programa, con miras a promover el turismo nacional y el consumo de servicios turísticos en temporada baja, contribuyendo a distribuir la demanda turística y mitigar los efectos de la estacionalidad de la actividad turística.

Que las personas que realicen compras anticipadas de servicios turísticos al amparo de la nueva edición del Programa percibirán en concepto de beneficio un crédito equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las sumas abonadas y acreditadas, que podrá utilizarse exclusivamente en rubros, actividades y prestadores integrantes de la cadena turística de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES tomó intervención de conformidad con lo normado por el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1.344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y sus modificatorias, y el Decreto N° 21 del 10 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE EDICIÓN 2022”, con miras a promover el turismo nacional y el consumo de servicios turísticos.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Reglamento del PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE EDICIÓN 2022”, que como Anexo IF-2022-64032212-APN-SSPTYNP#MTYD forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y NUEVOS PRODUCTOS del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES a: i) determinar las personas humanas y jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado en el artículo precedente; ii) aprobar las solicitudes de beneficios que se efectúen en el marco del Programa y autorizar los gastos que correspondan; iii) requerir información adicional a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Reglamento; iv) establecer las fechas para la adquisición, usufructo y acreditación de los servicios turísticos alcanzados por el Reglamento; v) realizar modificaciones respecto de los alcances, límites y plazos establecidos en el Reglamento; vi) implementar el otorgamiento de beneficios adicionales a los previstos en el Reglamento, de conformidad con eventuales acuerdos que se instrumenten con otros organismos o entes públicos; vii) revocar beneficios otorgados y excluir a personas jurídicas o humanas de los alcances del Programa ante la comisión de las infracciones detalladas en el Reglamento y viii) dictar normas complementarias y efectuar las comunicaciones necesarias para su implementación.

ARTÍCULO 4°.- Los beneficios contemplados por la presente no se considerarán incompatibles respecto de otros beneficios que hayan sido otorgados a las personas alcanzadas por esta medida.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Matías Lammens

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-