jueves, 17 de noviembre de 2022

 A cinco años del hundimiento del ARA San Juan, Taiana participó de la ceremonia en homenaje a los tripulantes y mantuvo un encuentro con los familiares

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal de Guerra Naval - Corresponsal en Casa de Gobierno .-

-El ministro de Defensa, Jorge Taiana, junto al jefe de la Armada Argentina, almirante Julio Horacio Guardia, participó de la ceremonia religiosa en homenaje a los 44 tripulantes del ARA San Juan, al conmemorarse el quinto aniversario del naufragio del submarino ocurrido el 15 de noviembre de 2017 en aguas del Atlántico Sur.

El acto fue en la Base Naval Mar del Plata, donde el titular de la cartera anunció ante los familiares presentes la implementación de un plan de becas de estudio para los hijos de los submarinistas fallecidos.

“Los 44 compatriotas del ARA San Juan estarán por siempre presentes en la memoria y en el corazón del pueblo argentino”, expresó Taiana, y aseguró que “honrar a la tripulación del ARA San Juan es encontrar la verdad y la justicia para esclarecer lo que pasó”.

Al momento de ingresar a la Base Naval, familiares y autoridades civiles y militares procedieron con la colocación de flores en el memorial que homenajea a los 44 tripulantes. 

La ceremonia religiosa estuvo a cargo del obispo Castrense Monseñor Santiago Olivera y contó con la presencia de 270 familiares de los 44 tripulantes, quienes arribaron a la Base Naval Mar del Plata procedentes de distintos puntos del país, y mantuvieron un encuentro con el ministro Taiana previo al acto. 

Durante la reunión con los familiares, el Ministro anunció la puesta en marcha de un plan de becas de estudio destinado a los hijos de los tripulantes fallecidos que será financiado con aportes del Instituto de Ayuda Financiera (IAF), y tiene como objetivo acompañar en el proceso educativo a los jóvenes que perdieron a sus padres en el naufragio. 

Asimismo, Taiana adelantó que se está trabajando junto al Ministerio de Justicia para crear, a través de un decreto presidencial, una Unidad Especial de apoyo a la Investigación del hundimiento del submarino ARA San Juan. 

El ARA San Juan con sus 44 tripulantes a bordo emitió su última comunicación en la mañana del 15 de noviembre de 2017 mientras patrullaba aguas atlánticas desde la Base Naval Ushuaia a su apostadero habitual en la Base Naval Mar del Plata. Fue hallado un año más tarde, durante la madrugada del 17 de noviembre de 2018, a la altura del Golfo San Jorge, a una distancia de 597 kilómetros de Comodoro Rivadavia.

También asistió a la ceremonia el jefe de gabinete del Ministerio de Defensa, Héctor Mazzei, entre otras autoridades civiles y militares.

 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . 

Resolución 256/2022 .-


Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Resolución 256/2022.-

RESOL-2022-256-ANSES-ANSES.-

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2022 .-

VISTO el Expediente N° EX-2022-122787044- -ANSES-DESS#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); las Leyes Nros. 24.241, 26.417, 27.160, sus modificatorias y complementarias, y 27.609; el Decreto Nº 104 de fecha 12 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.417 establece que las prestaciones previsionales otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las excajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, se ajustarán conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.

Que la Ley N° 27.160 dispone que el cálculo del índice de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que por el artículo 1° de la Ley N° 27.609 se sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, y se estableció una nueva fórmula para el cálculo de la movilidad; correspondiendo a esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) elaborar y aprobar el índice trimestral y realizar su posterior publicación.

Que, asimismo, por el artículo 4° del mismo cuerpo normativo se sustituyó el artículo 2° de la Ley N° 26.417 y su modificatoria, disponiendo que, a fin de practicar la actualización trimestral de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24, inciso a) y las mencionadas en el artículo 97 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b) del apartado I del artículo 5° de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias y el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que elabora la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, o quien en el futuro lo sustituya.

Que el Decreto N° 104/2021 aprobó la reglamentación del artículo 32 de la Ley N° 24.241 y su Anexo, sustituidos por el artículo 1° de la Ley N° 27.609, estableciendo el alcance y el contenido de los términos que integran la fórmula del cálculo de la movilidad.

Que dicho Decreto, además, estableció que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) publicará cada uno de los valores de las variables que se tuvieron en cuenta para el cálculo del índice de movilidad correspondiente, así como la metodología practicada a tal fin.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) y la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a través de las Notas N° NO-2022-122661726-APN-INDEC#MEC de fecha 14 de noviembre de 2022 y N° NO-022-115245508-APN-SSS#MT de fecha 27 de octubre de 2022, han suministrado a esta ANSES el Informe Técnico sobre la evolución del Índice General de Salarios (IS) del mes de Septiembre de 2022 y la variación observada para el tercer trimestre de 2022 de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), respectivamente; a los fines de calcular el índice de movilidad que determina el artículo 32 de la Ley N° 24.241.

Que, de conformidad con lo expuesto, corresponde determinar el valor de la movilidad en los términos del artículo 32 de la Ley N° 24.241, que regirá a partir de diciembre de 2022.

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91 y el Decreto N° 429/2020.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de diciembre de 2022, es de QUINCE CON SESENTA Y DOS CENTÉSIMOS POR CIENTO (15,62%).

ARTÍCULO 2°. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese.

Maria Fernanda Raverta.

 


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SOLIDARIDAD CON LAS VICTIMAS DEL ATAQUE SUFRIDO POR POLONIA.                                    COMUNICADO OFICIAL DEL GOBIERNO ARGENTINO

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

El presidente Alberto Fernández así como todo el gobierno argentino expresa su solidaridad con las víctimas del ataque sufrido por Polonia y con todo el pueblo polaco.

Una vez más, reiteramos nuestro llamado a una paz urgente y necesaria que nos quite de esta senda de dolor a la que nos ha llevado la guerra.

El presidente Fernández se mantuvo  en contacto permanente con los líderes regionales y mundiales en el marco de la Celac y el G 20 para seguir buscando una salida al conflicto bélico. 

ROSARIO FINANZAS . 

News 17.11.2022

Rosario Finanzas .
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miércoles, 16 de noviembre de 2022

LEY DE HUMEDALES : 

PRODUCIR, CONSERVAR Y CONSENSUAR UN HORIZONTE SIN HUMO.-

Por : Sebastián Tamashiro.

-(SLT-FAUBA)
Informo :  

Bernardo Goncalves Borrega . 

Dir. Asoc.

Desde hace años, estos ecosistemas se incendian y avivan el debate sobre una norma que regule su uso. 

Docentes de la FAUBA abordaron las temáticas que protagonizan la discusión, como la ganadería, el dominio de los recursos naturales y el incumplimiento de las leyes.

 

El debate de la Ley de Humedales incluye la producción agropecuaria, la conservación del ambiente y la gestión del territorio nacional, entre otros temas. En la Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) se investigan y enseñan en profundidad esas cuestiones. Docentes e investigadores de la institución reflexionaron sobre la discusión de la normativa y su necesidad. En particular, explicaron los proyectos de Ley, aclararon inquietudes, diferenciaron entre productores y ganaderías en torno al uso del fuego, y señalaron el requisito de una visión multidisciplinaria y de consensos para lograr un horizonte más claro de políticas ambientales.

“Los humedales son ecosistemas muy diversos que se forman a partir de la variación en ciclo del agua, y representan casi un cuarto del país. Son los del Delta, los salares en altura, los esteros del noreste, los mallines de la Patagonia, las turberas de Tierra del Fuego o las marismas de Samborombón, entre otros. En muchos de ellos se desarrollan actividades productivas que pueden afectar los valiosos servicios ambientales que proveen, como la regulación de inundaciones y la absorción de carbono. Además, contribuyen a mitigar el cambio climático y concentran una gran biodiversidad”, explicó Julián Monkes, docente de la cátedra de Extensión y Sociología Rurales de la FAUBA y becario del CONICET.

“Por eso, en la última década se presentaron muchos proyectos de Ley de Humedales que buscan regular cómo se gestionan estos ecosistemas. Hoy, el proyecto que más apoyo tiene por parte de la ciencia, de las universidades y de las organizaciones ambientales propone mapear los humedales del país y establecer un piso mínimo de acuerdos a nivel nacional para que las provincias organicen sus actividades teniéndolos en cuenta. Por supuesto, hay sectores que tienen inquietudes y le hacen observaciones a la norma, y se puede mejorar. Sin embargo, también hay quienes tergiversan la letra del proyecto para trabar la Ley”, advirtió Julián, quien participó del debate sobre el proyecto de Ley en el Congreso de la Nación.

Separar la paja del trigo

Monkes contó que entre los proyectos, una de las principales discusiones es la definición de ‘humedales’. “La iniciativa del Consejo Federal de Medio Ambiente repite la que usa la Convención de RAMSAR de 1971 y los define como marismas, pantanos y otros ecosistemas. Esa enumeración no sirve para legislar porque, justamente, lo que se debate es la definición. La que toma el proyecto que apoyamos se construyó entre 2015 y 2016 durante encuentros con especialistas en el Ministerio de Ambiente de la Nación ”.

El docente afirmó: “Algunos sectores del agro plantean que prohibirá actividades o atentará contra la producción. El texto no dice eso. La norma busca que quienes quieran extender su producción o hacer una nueva deberán presentar una evaluación de impacto ambiental. En muchas actividades esto ya se solicita; por ejemplo, en la minería. En el sector agropecuario no se suele hacer y es un desafío a enfrentar”.

Por su parte, Patricio Straccia, también docente de Sociología y Extensión Rurales y becario del CONICET, señaló: “Cada vez que se discute una ley de presupuestos mínimos de protección ambiental se habla de una supuesta inconstitucionalidad. La reforma de la constitución de 1994 indica expresamente que el dominio de los recursos naturales es de las provincias, pero también establece que la Nación puede sancionar leyes de presupuestos mínimos. El Poder Legislativo Nacional puede definir un estándar de protección ambiental que las provincias deben cumplir. Para eso, éstas tienen que sancionar normas iguales o más restrictivas que ese piso”.

Straccia destacó que en los últimos dos años se presentaron más de una decena de proyectos de Ley y que es clave entender que proponen funcionamientos distintos. “Algunos tienen propuestas similares a la Ley de Bosques Nativos. Postulan realizar un inventario de humedales a nivel nacional para que luego las provincias determinen, mediante categorías, cuánto se los puede intervenir. Otros proponen algo novedoso: que el inventario de humedales se incorpore a un ordenamiento ambiental del territorio argentino. Es decir, que las actividades del país se organicen a partir de sus características ambientales. Algunos sectores, con más capacidad de lobby, prefieren que las provincias tengan más poder en las decisiones y que la Ley sea más flexible”.

A esto, Monkes agregó que “una fuerte tensión contra la Ley se da en el norte del país, y creo que el litio lo explica. Aunque la Ley no cambie los requerimientos para la minería y la decisión final siga estando en las manos de las provincias, sus gobiernos no le quieren dar señales al mercado de que se avanza en regulaciones ambientales. Es un camino largo y complejo. Incluso, si se promulga la Ley, para implementarla hará falta sancionar otras leyes. De todas maneras, la sociedad la exige desde hace años y obliga la discusión. En esto, mucho tienen que ver los incendios en el Delta, ya que afectan a los grandes centros urbanos”.

Fuegos, deltas y ganaderías

Straccia indicó que el fuego es parte de la vida cotidiana en las islas del Delta. “La discusión pasa por pensar de qué formas se usa. Desde la cátedra trabajamos en el Delta Bonaerense, en una zona forestal y silvopastoril donde el fuego descontrolado es un enemigo. Los isleños e isleñas tienen muy en claro cómo gestionarlo”.

En esta misma línea, Patricia Cornaglia, docente de la cátedra de Forrajicultura de la FAUBA e integrante del Grupo de Estudio y Trabajo ‘Ecología y Manejo de Sistemas Silvopastoriles’ (GET-EMSSP) de esta Facultad, explicó que en sistemas ganaderos se suele emplear la ‘quema’ de pajonales para, por un lado, controlar la vegetación que el ganado no come o encuentra poco apetecible, y, por otro lado, para favorecer el crecimiento de las plantas más preferidas, digeribles y nutritivas para los animales.

“El manejo de la ganadería en el Delta es muy diferente según la zona, el tamaño del predio y el tipo de productores. En el Delta Antiguo, el Predelta y los Bajíos ribereños se desarrolla la ganadería llamada ‘de islas’. Allí, en general, los productores más grandes —con establecimientos de hasta 5.000 ha— se dedican a engordar la hacienda para exportar, y los más pequeños, a criar ganado. Todos se basan en pastizales naturales”, resaltó Patricia.

Esteban Borodowski, docente de la cátedra de Dasonomía de la FAUBA y también integrante del GET-EMSSP, añadió: “En el Bajo Delta Bonaerense y Entrerriano se concentra la actividad forestal con Salicáceas más importante del país. En esta región, la mayoría de los productores son isleños e incorporan alternativas para diversificar sus actividades. Hay zonas donde la ganadería se combina con la forestación, una técnica ancestral para reducir la vegetación herbácea espontánea y minimizar el riesgo de incendios. En esas situaciones, no se realizan quemas porque dañarían a los árboles, la vegetación y el suelo”.

“En nuestro país existe una amplia diversidad de ecosistemas catalogados como humedales, y en su mayoría existen poblaciones que desarrollan en ellos sus actividades desde hace generaciones. Conocen esos ambientes, saben de su fragilidad, y a pesar de las grandes catástrofes que les toca afrontar —como incendios o inundaciones—, persisten y hasta reconvierten sus producciones. En las últimas décadas se generaron diferentes leyes que regulan el uso productivo del Delta. Es una situación compleja, ya que son muchas, abarcan una gran cantidad de jurisdicciones y el control es mínimo o no existe”, reflexionó Cornaglia.

Respecto a los incendios en la región, Monkes señaló: “Debemos diferenciar los diversos usos del fuego. Los productores y habitantes de la isla suelen hacer quemas con precaución ya que están al tanto de las condiciones de su entorno. Sin embargo, hay productores que no viven en las islas y contratan a alguien para que prenda fuego, sin tener en cuenta el bajo nivel del agua o de la humedad del suelo y pueden causar mucho daño. En años muy secos, un pequeño foco se puede transformar en un infierno. Por eso se necesitan leyes ambientales para evitar esos desmadres ecológicos y, además, que el Poder Ejecutivo haga cumplir las que ya existen y que el Poder Judicial sancione a quienes no las cumplen”.

Las leyes contra el fuego.-

En cuanto a leyes nacionales vinculadas al fuego, Straccia remarcó la 26.562 y la 26.815, ambas de presupuestos mínimos. “La primera busca regular el uso del fuego para eliminar vegetación con vistas a un aprovechamiento productivo posterior. Solo permite quemas con autorización previa. Esto implica que cada provincia debe sancionar y reglamentar normas complementarias. Se sancionó en 2009 como una respuesta estatal a los incendios que ocurrieron en el Delta en el 2008. La segunda es de 2012 y establece un sistema federal de manejo en materia de incendios forestales y rurales. Se enfoca en coordinar y asistir técnica y operativamente la prevención y el combate del fuego”.

A las anteriores, Straccia sumó otras leyes vinculadas al fuego. “En la Ley 27.604 de 2020 —una modificatoria de la 26.815— se prohibió, por plazos de entre 30 y 60 años, la venta y el cambio en el uso del suelo de cualquier terreno incendiado. Se buscó limitar las prácticas especulativas de quienes usan los incendios para justificar un cambio en el uso de la tierra de áreas con algún grado de conservación. Al principio de 2022, el Poder Ejecutivo Nacional decretó la Emergencia Ígnea, que habilita la reasignación de fondos para responder ante incendios en materia forestal”.

“Hay que reforzar los sistemas de prevención y de alerta temprana de incendios; si no, aunque los bomberos y los brigadistas ayuden, llegarán siempre tarde. Más allá de eso, si bien la Ley de Humedales no va a apagar los incendios, nos ayuda a planificar el territorio considerando las funciones ecológicas de los ecosistemas y las diferentes formas de vida y producción. Debería haber una ley que funcione como herramienta para ordenar el uso de los territorios y no solo se limite a conservar los humedales. A su vez, en caso de que se apruebe, habrá que seguir de cerca su reglamentación para que se cumpla y tenga como protagonistas a los habitantes y productores de los humedales. Si no, va a pasar lo mismo que con las leyes del fuego”, aseguró Monkes.

El horizonte de las leyes ambientales

Martín Aguiar, docente de Ecología y Director de la Licenciatura en Ciencias Ambientales de la FAUBA, afirmó que las restricciones al uso de los recursos naturales suelen causar tensiones. “A corto plazo, representan el capital que necesitan muchas familias, departamentos y provincias para progresar. Es fundamental que a partir de estos debates también se pueda remarcar la importancia de los recursos naturales a largo plazo para toda la sociedad. Las leyes son importantísimas para la convivencia de miradas”.

En este sentido, Martín, quien también es investigador del CONICET, aseguró que en la Argentina, mayoritariamente hay carencia de agua para el funcionamiento de los ecosistemas y que, en ese contexto, los humedales son claves. “Son tan diversos que exigen manejos particulares. Desde la Universidad podemos aportar información, soluciones técnicas y formas de evaluar los impactos de los distintos manejos. Por ejemplo, buscar la manera de minimizar el impacto negativo del fuego en las sociedades urbanas y maximizar el efecto positivo en la sociedad rural. No se trata de producir versus conservar, sino de negociar entre las distintas visiones”.

A su vez, Borodowski agregó que desde instituciones como el INTA y la Facultad se avanzó en la descripción y caracterización de ambientes considerados humedales, y en cómo producir de forma sustentable. “Todo pasa por lograr consensos. Para eso es clave tener un enfoque integrador que incluya al sistema científico-técnico, a las necesidades de los pobladores locales y de la sociedad en su conjunto, y contar con una visión de ordenamiento de todo el territorio”.

“El debate de Ley de Humedales aglomera muchos otros debates. Nos hace discutir cómo legislar y gestionar el territorio para vivir en un ambiente más sano, para producir, para que el país se desarrolle y que la mayor cantidad de personas se beneficie. Nos hace pensar cómo ordenar casi un cuarto de nuestro territorio, cómo nos queremos vincular con el mundo que habitamos y cómo hacer equilibrio entre el presente y el futuro”, puntualizó Monkes.

Y a modo de cierre, Straccia apuntó a la falta de un horizonte claro de política ambiental. “Entre 2005 y 2007 discutimos sobre la Ley de Bosques; entre 2008 y 2010, sobre la Ley de Glaciares; en 2013, el sector académico y las ONG impulsaron la Ley de Humedales; desde 2016 se sumaron organizaciones socioambientales y hasta sectores de la producción. Cuando se debate una ley ambiental se encuentran diferentes actores sociales, y cada discusión contribuye a pensar la política ambiental nacional. Sin embargo, no le podemos pedir a ninguna ley que defina la política de Estado en materia ambiental. Hay que definir un rumbo, un objetivo, si no, es complicado que cualquier ley sea efectiva. Y ese horizonte, hoy, no lo tenemos”.