sábado, 23 de julio de 2022

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL . Decreto 426/2022 .-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-

Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Decreto 426/2022 .-

DCTO-2022-426-APN-PTE -
Restricciones a la designación de personal.

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-74317419-APN-SGYEP#JGM, las Leyes Nros. 24.156, 25.164 y 27.591, los Decretos Nros. 882 del 23 de diciembre de 2021 y 88 del 22 de febrero de 2022 y la Decisión Administrativa N° 970 del 12 de octubre de 2021 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que al inicio del presente Ejercicio presupuestario no se había sancionado la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional, no obstante la remisión efectuada oportunamente de dicho proyecto de ley al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que, en consecuencia, se dictó el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 mediante el cual se estableció que a partir del 1° de enero de 2022 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.591, sustituido por el Decreto N° 88 del 22 de febrero de 2022, se dispuso que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de la entrada en vigencia de la citada ley ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal, particularmente en lo que refiere a los regímenes de contratación del mismo que presta servicios en el ámbito del Sector Público Nacional previsto en los incisos a) y c) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su modificatoria.

Que, sin perjuicio de lo descripto en el considerando precedente, resulta conveniente establecer una pauta mínima en relación con las empresas, sociedades del Estado y fondos fiduciarios contemplados en los inciso b) y d) del referido artículo 8° de la citada Ley N° 24.156.

Que, en ese orden de ideas, resulta conveniente incluir en la presente medida a las contrataciones de personal de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento.

Que, por otra parte, resulta indispensable para el efectivo desenvolvimiento de la Administración Pública Nacional dar continuidad al Plan de Regularización del Empleo Público (acta paritaria CCCT 214/06 del 29/5/2020) conforme al Decreto Nº 668/20 y al Plan Integral para el Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Organismos que Integran el Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología pertenecientes a la Administración Pública Nacional, aprobado por la Decisión Administrativa Nº 970/21.

Que dichos límites no deben ir en desmedro de la posibilidad de realizar designaciones y contrataciones de personal cuando se cumplan las condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento de áreas esenciales.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se han expedido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza. La prohibición comprende a:

a. Las designaciones a término en las Plantas Transitorias previstas por el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus complementarios;

b. Las contrataciones previstas en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio;

c. Las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual previstas en los artículos 90, 92 ter, 93 y 99, respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 ( T.O. Decreto N° 390/76);

d. Las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos previstas por el Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017;

e. Las designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente;

f. Las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad previstas en estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.

ARTÍCULO 2º.- Quedan exceptuados de lo previsto en el artículo precedente:

a. Las designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecido por la Ley N° 25.467 y en el marco de la Decisión Administrativa Nº 970/21 y su modificatoria; en las Universidades; en el Servicio Exterior de la Nación; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus complementarios; en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido su personal civil.

b. La cobertura de cargos o contrataciones que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo, debiendo en todos los casos expedirse en forma previa la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA;

c. La cobertura de unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, designaciones de titulares de unidades de departamento y división y cargos equivalentes en las estructuras orgánico funcionales vigentes, cualquiera fuera el régimen laboral y convencional aplicable al personal de cada jurisdicción y entidad;

d. Las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos;

e. Las designaciones de Personal de Gabinete, en los términos del artículo 10 del Anexo de la Ley N° 25.164 Marco de Regulación de Empleo Público Nacional;

f. Las designaciones transitorias en cargos simples de la Planta Permanente, las designaciones en las Plantas Transitorias previstas por el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus complementarios, la contratación prevista en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la contratación por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual previstas en los artículos 90, 92 ter., 93 y 99, respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (texto ordenado por Decreto N° 390/76) y la contratación para la prestación de servicios profesionales autónomos prevista por el Decreto Nº 1109 del 28 de diciembre de 2017 y contrataciones bajo modalidad Programa de Desarrollo de Naciones Unidas (PNUD), únicamente en el supuesto en el que a partir de una renuncia, jubilación, vencimiento del plazo previsto en el artículo 20 del Anexo a la Ley N° 25.164, retiro voluntario, cancelación de las designaciones transitorias en cargos simples de Planta Permanente y en las Plantas Transitorias, conclusión o rescisión del contrato, sanción expulsiva o fallecimiento producidos durante los años 2021 y 2022, se pueda disponer del cargo o de la partida presupuestaria asignada a la modalidad contractual de que se trate, y siempre que respondan a condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento del área, lo que deberá ser fundamentado en el pedido de designación y validado por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS .

g. Las designaciones en las plantas permanentes de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, como resultado de procesos de selección de personal, ya iniciados o aquellos que se inicien en el futuro mediante convocatorias internas.

h. La cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo de Discapacidad instaurado a través de la Ley Nº 22.431.

i. La cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo para personas travestis, transexuales y transgénero instaurado por la Ley Nº 27.636.

j. Las designaciones y contrataciones que se efectúen como consecuencia de cambios del régimen de prestación de servicios aplicable al personal de una jurisdicción o ente descentralizado, siempre que esas modificaciones no afecten el monto de presupuesto destinado a tales fines.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyese a los y las representantes del Estado que integran órganos de decisión de las empresas, sociedades y organizaciones empresariales donde el Estado tiene participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y de los fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, de conformidad con el artículo 8°, incisos b) y d) de la Ley N° 24.156, a adoptar medidas similares a las contempladas en los demás artículos del presente decreto.

ARTÍCULO 4º.- La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por razones debidamente fundamentadas y acreditadas por la autoridad superior de la jurisdicción o entidad requirente, podrá autorizar excepcionalmente el ingreso al Sector Público Nacional para cubrir cargos vacantes, designaciones o contrataciones en los casos previstos en el artículo 1° del presente decreto.

ARTÍCULO 5º.- La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS podrá dictar las normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias para su mejor aplicación y podrá delegar las facultades asignadas por la presente medida.

ARTÍCULO 6°.- No estarán alcanzadas por las disposiciones del presente decreto las tramitaciones de designaciones y contrataciones de personal que se hubieren iniciado con anterioridad al 11 de Julio de 2022 y aún no estuvieran concluidas.

ARTÍCULO 7º.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Silvina Aída Batakis 

EL CAMPO, COMO SIEMPRE, ES VIDA, ES TRABAJO Y . . . ES PATRIA . . .-

Por : BERNARDO GONCALVES BORREGA .-
Periodista Acreditado por la Sociedad Rural Argentina .

ESTO TAMBIEN PASA EN LA 134° EXPOSICION  DE  AGRICULTURA, GANADERIA E INDUSTRIA.

PRESENCIAS GRATAS .-

Pasamos al sector de las Fuerzas Armadas, que esta vez tienen dos stands bien definidos.

Uno de la Fuerza Aérea Argentina .

El de la Aeronáutica Militar, tiene una doble carga.                                                              

Una por su presencia institucional, y otro porque en las épicas jornadas del Conflicto por el Atlántico sur, por la recuperación de las ISLAS MALVINAS, usurpadas por la corona británica, tuvieron su bautismo de fuego, escribiendo páginas de gloria que nunca podrán ser borradas de la memoria de los hombres.

Y esto lo aseguro Pierre Closterman, el máximo héroe francés de la aviación gala, durante la segunda guerra mundial, cuando lo dijo, durante su estadía en el país, en medio de la guerra por la recuperación de las Islas.                 + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + +  + + + + +

Y otro . . .  de Veteranos de Malvinas.

 

viernes, 22 de julio de 2022

EL CAMPO, COMO SIEMPRE, ES VIDA Y ES TRABAJO . 

134 EXPOSICION RURAL.

Por : Bernardo Goncalves Borrega .

Periodista Acreditado por la Sociedad Rural Argentina .-

Aunque a los gobiernos populistas, como el actual, no le guste la actividad y sus dirigentes, el CAMPO es parte de un todo, que no puede ser ignorado, ya que es EL MAYOR PRODUCTOR DE DIVISAS DEL PAIS.

El campo trabaja, y produce divisas y muchos puestos de trabajo y esta muestra internacional que se está llevando a cabo en el predio ferial de Palermo, de la Sociedad Rural Argentina, es una muestra cabal del potencial del sector.

Diversos encuentros y actividades se vienen desarrollando en sus pabellones y todos con miras al año 2030, porque ese futuro, ya está aqui.

Jornada de las Carnes en la Expo Rural: 

“PENSANDO EL CAMINO HACIA 2030”.

Este viernes 22 de julio, en el Pabellón Rojo del Predio de Palermo, representantes y especialistas de cada una de las actividades de producción de ganados y carnes se reunieron en una Jornada para analizar y pensar el camino hacia el año 2030.

Desde varios puntos de vista, se analizaron temas como las políticas exclusivas para las carnes; la situación del mercado internacional, su demanda, y las oportunidades que no deben dejar pasar los productores. Además, empresarios del sector dieron su visión del negocio de las carnes.                           + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + +                                                     

Otro de los ejes de la Jornada fueron la sustentabilidad y la innovación tecnológica, y los jóvenes también protagonistas contando sus experiencias liderando cambios en las empresas.

Este viernes 22 de julio, en el Pabellón Rojo del Predio de Palermo, representantes y especialistas de cada una de las actividades de producción de ganados y carnes se reunieron en una Jornada para analizar y pensar el camino hacia el año 2030.                                     Desde varios puntos de vista, se analizaron temas como las políticas exclusivas para las carnes; la situación del mercado internacional, su demanda, y las oportunidades que no deben dejar pasar los productores. Además, empresarios del sector dieron su visión del negocio de las carnes.  Otro de los ejes de la Jornada fueron la sustentabilidad y la innovación tecnológica, y los jóvenes también protagonistas contando sus experiencias liderando cambios en las empresas.

Valtra .-

La marca presenta lanzamientos y adelantos tecnológicos que sorprenderán.                            

 Valtra, está presente nuevamente en Expoagro, la megamuestra agroindustrial más importante de la región, siendo el Tractor Oficial de la edición YPF Agro 2023.

En la próxima edición, Valtra como uno de los líderes en ventas dentro de la categoría tractores, pone primera una vez más para revolucionar el mundo de la metalmecánica agrícola.                                                                                          Con novedades y lanzamientos que refuerzan su crecimiento, su amplio portfolio de productos y sus planes de financiación sorprenderán al público de la muestra y a los clientes de la firma.                                                                                              

Valtra redobla su compromiso y potencia la producción aplicando tecnología e innovación a todos sus equipos. 

Valtra N° 174 .-

La oficialización de Valtra como Tractor Oficial se llevó a cabo este viernes 22 en el marco de la 134° Exposición Rural de Palermo con la presencia de autoridades de Exponenciar, empresa organizadora de Expoagro, y de Valtra.

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RENATRE.

El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, tiene como principal objetivo velar por la debida registración de trabajadores rurales y empleadores, cubrir mediante una prestación económica, que incluye cobertura de obra social y sepelio, a los trabajadores desempleados del sector rural.                      

El registro fiscaliza las relaciones laborales rurales con el fin de corroborar que los trabajadores y empleadores se encuentren debidamente registrados, como así también que se respeten las normas laborales vigentes.                                A su vez, el organismo coordina y articula con los distintos ministerios nacionales y provinciales las tareas de inspección a fin de prevenir el trabajo infantil prohibido, el trabajo adolescente no protegido y la explotación laboral rural.                                                                  

El RENATRE brinda capacitaciones que son un eje central para el desarrollo de las habilidades de los trabajadores rurales y para el sector productivo de las empresas.

Tiene además 340 puntos de atención en todo el país, y el teléfono de consulta y denuncias es el 08007777366.

PEMAN SEMILLAS AMPLIO SEDE Y PLANTA INDUSTRIAL EN SINSACATE 

Y YA EXPORTA SPECIALITIES A 33 PAISES.

Por : FABRICIO ESPERANZA .-

Fuente : AGROVERDAD .

Oscar Peman .

“Hace seis años que incorporamos la unidad de negocio de exportación de specialities. 

Tenemos convenios con productores, principalmente en la provincia de Salta, que es donde más se genera lo que comercializamos, y hoy Pemán está exportando a 33 países. Somos los terceros exportadores de poroto mung, pero también estamos trabajando fuerte con otras producciones como garbanzo y maíz pisingallo. 

Es un área que le ha permitido a la empresa crecer de manera significativa y con otro perfil”, informó Oscar Pemán, durante una reunión de sus distribuidores en todo el país.

En diálogo con Agroverdad, el presidente de la compañía detalló la génesis y el proceso de expansión que acaba de concretarse y que apunta a seguir consolidándose. 

“El año pasado incorporamos en el área de producción unos 1.200 metros cuadrados para ampliar la capacidad de almacenamiento. Y esto fue así porque nuestra unidad de negocios de las specialities nos llevó a esa necesidad en cuanto a estructura”, dijo el empresario.

“Además, renovamos nuestra planta de selección para contar con más capacidad ahí también. 

Hoy estamos aproximadamente en 150 toneladas por día en las posibilidades de procesamiento. Una cosa lleva a la otra: eso nos permitió ampliar nuestras exportaciones prácticamente a 6.500 toneladas de specialities”, expresó Peman, en referencia a la colocación en el exterior de garbanzo y poroto mung como puntas de lanza.

Para arriba

“Por otro lado, nuestro sueño era terminar la parte de oficinas en la parte superior de la sede, y este año lo pudimos lograr. Quedamos muy conformes, porque nos permite trabajar mejor en equipo”, señaló Peman.

Y agregó: “El staff que tenemos es de 100 personas en total, entre operarios, ingenieros agrónomos, contadores y administrativos. 

Esta cantidad de gente hizo que tuviéramos que trabajar más cómodos. Un proceso de crecimiento en tiempos complicados como estos, es para valorarlo y mucho”.

Finalmente, resumió el horizonte al que apuntan para los próximos años: “Nuestra visión es ser referentes en el mercado de semillas, y todas nuestras acciones y planificaciones estratégicas apuntan hacia eso. 

Es en ese sentido que hicimos todo lo descripto, como la decisión de incorporar nuevo equipamiento de última tecnología para la selección de semillas y tratamiento, y la ampliación de las oficinas administrativas”.

Red nacional de distribuidores .

Por primera vez en su historia, Pemán Semillas reunió a la totalidad de sus distribuidores en su casa central en Sinsacate, en el Norte de Córdoba

El motivo, además de potenciar una sinergia ya de por sí aceitada y de solidificar la red de representantes, tuvo como factor determinante hacer conocer las ampliaciones de las oficinas administrativas y la superficie de su planta seleccionadora y de almacenaje: espacios cómodos y funcionales para las 100 personas que diariamente trabajan allí, los 1200 metros cuadrados extras que se añadieron al sector industrial, y nuevas maquinarias con tecnología de punta recientemente adquiridas.

A lo largo de toda una jornada de trabajo que tuvo como lugares de actividades la casa central y los salones del Hotel Nawan Resort Serrano, 40 personas provenientes de 25 puntos del país recorrieron las flamantes instalaciones, participaron de charlas informativas sobre la paleta de productos de la empresa y sus características, y se informaron sobre los desarrollos que se encuentran en proceso de trabajo.