miércoles, 29 de junio de 2022

¿ Y la Constitución ?

JUNTOS POR EL CAMBIO, REPUDIA LA DECISION DEL PRESIDENTE DE VIAJAR A JUJUY .

PRENSA DE : JUNTOS POR EL CAMBIO 

Juntos por el Cambio repudia enérgicamente la decisión del presidente Alberto Fernández de cancelar su agenda para viajar a la provincia de Jujuy y visitar a Milagro Sala, presa por actos de corrupción.

Después de violar la ley durante la cuarentena como anfitrión de una fiesta en la Quinta de Olivos y de omitir sanciones al conocer la existencia de un vacunatorio VIP, el presidente vuelve a pasar por encima de la Constitución Nacional Argentina.
Esta vez, sin que le tiemble el pulso, apuntando directamente contra la Corte Suprema de Justicia, pidiéndole que "empiece a enmendar las barrabasadas”, en referencia a las causas que aún tiene pendientes la líder de la agrupación Tupac Amaru.


En su artículo 109, nuestra Carta Magna indica: "En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas".
Es inadmisible que la cabeza de uno de los tres poderes que rigen nuestro país, presione a otro, rompiendo toda garantía de igualdad y justicia para el pueblo argentino.

+ + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + + 

DE LA REDACCION

CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA

Articulo 109.-

En ningún caso el presidente de la Nacion puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.-


No hay comentarios: