lunes, 4 de julio de 2022

EL PRESIDENTE PROMULGO LA LEY DE ALIVIO FISCAL                      PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y AUTONOMOS .-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Periodista Acreditado en Casa de Gobierno .-

El presidente Alberto Fernández promulgó la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos, que beneficiará a 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.                                                          La medida, que empezará a regir a partir de este mes, actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas, además aumenta las deducciones de ganancias que pagan los empleados inscriptos en la categoría de autónomos.

La recategorización semestral se habilitará del 11 al 29 de julio, en tanto que el vencimiento del pago de la obligación mensual se extenderá al 27 de julio. La ampliación de los límites de facturación máxima por categoría del monotributo tiene una orientación progresiva, que privilegia a las personas registradas en las categorías más bajas al permitirles poder facturar hasta un 60% más.

En ese sentido, la norma prevé la exención del componente impositivo para 1,7 millones de personas registradas en las categorías A y B que no perciban otro ingreso (por ejemplo, no tener un trabajo en relación de dependencia ni cobran una jubilación).

Por otra parte, el Alivio Fiscal también incluye el aumento de las deducciones de las y los trabajadores autónomos que pagan el Impuesto a las Ganancias. La ley incrementó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y, de esta forma, permite reducir la carga tributaria, beneficiando a los trabajadores con ingresos de hasta $8 millones que concentran el 95% de los autónomos alcanzados por el tributo. 

Cabe recordar que la norma ahora promulgada por el Presidente Fernandez, fue impulsada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y consiguió sanción legislativa por unanimidad el último jueves en el Senado y de la misma manera fue aprobada el 15 de junio en la Cámara Baja.

Enlace a fotos: https://drive.google.com/drive/folders/1cUcp0FTPkWSEwVQi5jlGujOFQ013hMnx?usp=sharing

 

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA . 

Resolución 195/2022 .-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-                                                       Resolución 195/2022 .-

RESOL-2022-195-APN-MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022 .-

VISTO el Expediente Nº EX-2022-57131151- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que el desarrollo de nuevas tecnologías específicas para los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca avanza de manera constante y sostenida, observándose un importante crecimiento emprendedor a nivel nacional.

Que la Dirección de Innovación, Buenas Prácticas y Tecnología Agrícola de la Dirección Nacional de Agricultura de la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en adelante la “DIBPYTA”, estima que existirían alrededor de DOSCIENTAS CINCUENTA (250) soluciones tecnológicas para los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca en nuestro país.

Que el desarrollo nacional de dicha tecnología, comúnmente denominada “Agtech”, supone una ventaja competitiva para la República Argentina y un inmenso potencial para alcanzar incrementos en la cantidad y calidad de la producción nacional, con oportunidades de mejora en productividad, gestión, administración y generación de redes para conectar demandas con soluciones.

Que, asimismo, ello implica desafíos en cuanto a la determinación de las reales aplicaciones de dicha tecnología y la disponibilidad en el acceso a las mismas para los actores de los eslabones de las diferentes cadenas productivas, advirtiéndose que existen numerosas áreas donde se identifica como insatisfecha la aplicación de nuevas tecnologías.

Que, por otro lado, las buenas prácticas agropecuarias son un conjunto de principios y recomendaciones técnicas tendientes a la implementación de prácticas orientadas a la sostenibilidad ambiental, económica y social para los procesos productivos de la explotación agropecuaria que garantizan la calidad e inocuidad de los alimentos y de los productos no alimenticios.

Que la implementación de buenas prácticas agropecuarias colabora en la reducción de los riesgos físicos, químicos y biológicos en la producción, procesamiento, almacenamiento y transporte de productos de origen agropecuario, propendiendo al desarrollo sostenible.

Que las buenas prácticas agropecuarias y el desarrollo y utilización de soluciones tecnológicas Agtech, se hallan estrechamente relacionados, dado que estas últimas posibilitan, y en ciertos casos garantizan, la implementación de buenas prácticas agropecuarias.

Que las tecnologías de proceso son las que conducen al diseño y al cumplimiento de las buenas prácticas agropecuarias.

Que, en dicho marco, resulta imperioso que el Estado Nacional acompañe el crecimiento del sector tecnológico aplicado a la agricultura, la ganadería y la pesca relevando las nuevas tecnologías disponibles y sus aplicaciones específicas, identificando qué soluciones o mejoras tienen el potencial de brindar mejoras a los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca, evaluando los impactos productivos y comerciales, y colaborando con la difusión y promoción en el uso de nuevas tecnologías digitales, de precisión, de procesos, instrumentales, entre otras.

Que, para desarrollar este proceso, es imprescindible la colaboración entre el Estado y el sector privado.

Que actualmente se hallan inscriptas ante la mencionada DIBPYTA más de CIENTO CINCUENTA (150) soluciones tecnológicas para los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca.

Que, con la presente medida, se busca alcanzar la generación de espacios de vinculación para fomentar el diálogo entre las empresas de base tecnológica y los productores y productoras de los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca de todas las escalas productivas, universidades, centros de investigación y desarrollo, programas y proyectos estatales, sector empresarial y financiero, conectando bajo diversas modalidades, proyectos y emprendimientos tecnológicos con las necesidades del sector, creando y actualizando bases de datos de la oferta innovadora.

Que resulta conveniente y oportuno facilitar tanto el desarrollo como el acceso a las soluciones tecnológicas para los productores y productoras nacionales a efectos de que puedan ser rápidamente adoptadas por el sector, potenciando la producción y favoreciendo la implementación de Buenas Prácticas Agropecuarias.

Que, para la consecución de tales objetivos, resulta conveniente la creación de una Comisión Nacional Asesora que reúna a los principales expertos nacionales en soluciones tecnológicas y de procesos para los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca, de los ámbitos público y privado, a fin de brindar asesoramiento al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca, invitándose a integrarla a UN/A (1) representante titular y UN/A (1) representante suplente por cada una de las entidades públicas y privadas que se detallan en el Anexo que, registrado con el Nº IF-2022-65807532-APN-SSA#MAGYP forma parte integrante de la presente resolución y las que, en lo sucesivo, se inviten a integrarla.

ARTÍCULO 2º.- La Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA sobre los temas referidos a Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca, comúnmente denominadas “Agtech”.

b) Plantear, estudiar y analizar las necesidades tecnológicas de los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca a fin de unificar criterios, prioridades y acciones, con el objeto de proponer políticas, medidas, proyectos, disposiciones o modificaciones de la normativa vigente para estas actividades, tendientes a mejorar la competitividad de la producción, comercialización e industrialización de las diferentes cadenas mediante la aplicación de tecnologías “Agtech”, consolidando el ecosistema de soluciones tecnológicas a nivel nacional.

c) Habilitar una base de datos para que los emprendedores y/o desarrolladores de soluciones tecnológicas para la agricultura, la ganadería y la pesca inscriban voluntariamente sus propuestas de innovación para su análisis por parte de la citada Comisión Nacional.

d) Poner a disposición de los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca un listado actualizado de la oferta innovadora “Agtech” disponible que haya sido analizada favorablemente por la referida Comisión Nacional.

e) Fomentar la creación de espacios de vinculación que favorezcan el diálogo entre empresas de base tecnológica y productores de la agricultura, la ganadería y la pesca, para así conectar proyectos y emprendimientos tecnológicos con las necesidades del sector.

f) Evaluar la creación de una marca que, a través de un sello, símbolo o logotipo, identifique los atributos de las innovaciones Agtech de desarrollo nacional, analizadas favorablemente por la mencionada Comisión Nacional, distinguiendo una imagen nacional y favoreciendo su incorporación a las practicas productivas y su posicionamiento a nivel nacional e internacional.

g) Asesorar a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA en todos los temas o cuestiones relativas a Agtech que la precitada Secretaría someta a su evaluación y colaborar, cuando ello fuera expresamente indicado, con otras dependencias u organismos públicos o privados.

h) Facilitar el acceso a la información relacionada con las tecnologías Agtech a los actores de los eslabones de las diferentes cadenas de la agricultura, la ganadería y la pesca.

ARTÍCULO 3º.- Créase, en el ámbito de la Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca, el Grupo Técnico de Trabajo para la promoción de Buenas Prácticas Agropecuarias, que tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar a la referida Comisión Nacional sobre los temas referidos a las buenas prácticas agropecuarias, su promoción e implementación, y el desarrollo de innovaciones tecnológicas directamente vinculadas a las mismas.

b) Unificar criterios, prioridades y acciones con el objeto de proponer manuales de buenas prácticas agropecuarias para las distintas actividades del sector.

c) Habilitar una base de datos para que aquellos que implementen buenas prácticas agropecuarias en los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca, se inscriban voluntariamente para su análisis por parte del Grupo Técnico de Trabajo.

d) Certificar el cumplimiento de las buenas prácticas agropecuarias, haciendo público un listado actualizado de quienes hayan sido certificados favorablemente. En ocasión de la primera reunión de la referida Comisión Nacional Asesora se determinarán cuáles de las entidades públicas y privadas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente, integrarán dicho Grupo Técnico de Trabajo, pudiendo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la presente, incorporarse más participantes.

ARTÍCULO 4º.- La Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca de la citada Secretaría, y los Grupos Técnicos de Trabajo, serán presididos por el/la titular de la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA de la citada Secretaría o por quién éste/ésta designe mediante Nota simple. El/la titular de la Dirección de Innovación, Buenas Prácticas y Tecnología Agrícola de la citada Subsecretaría será el/la Secretario/a Técnico y brindará apoyo a las gestiones vinculadas con la referida Comisión Nacional y los Grupos Técnicos de Trabajo.

ARTÍCULO 5º.- La mencionada Comisión Nacional se reunirá periódicamente, proponiendo los planes de trabajo y las acciones conjuntas que tiendan al logro de sus objetivos, y se labrarán actas de sus reuniones. Podrá crear los Grupos Técnicos de Trabajo que considere necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 6º.- El/la Presidente de la Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca podrá convocar a participar en la referida Comisión, en forma permanente o transitoria, a entidades públicas y privadas no incluidas en Anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO 7º.- La SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA podrá dictar las normas complementarias para el cumplimiento de la presente medida.

ARTÍCULO 8º.- Los miembros y funcionario/as de la citada Comisión Nacional y de los Grupos de Trabajo, desempeñarán sus cargos con carácter “ad honorem”.

ARTÍCULO 9º.- La presente medida no implica la creación de nuevas estructuras ni promueve la asignación de funciones ejecutivas.

ARTÍCULO 10.- Invitase a las Provincias a adherir a la presente medida para participar y colaborar con el cumplimiento de los objetivos propuestos.

ARTÍCULO 11.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Julian Andres Dominguez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa 

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE .                               Resolución 203/2022 .-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Resolución 203/2022.-

RESFC-2022-203-APN-D#INCUCAI .-

Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022 .-

VISTO el EX-2021-87179656-APN-DA#INCUCAI del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), la Ley Nº 24.156, el Decreto Reglamentario N° 1344/2007; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 establece y regula la Administración Financiera y los Sistemas de Control del Sector Público Nacional; aprobando el Decreto Nº 1344/2007 el Reglamento para llevar adelante la aplicación de norma.

Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN ha presentado una propuesta de políticas de seguridad informática para aplicar en este Organismo Nacional, a fin de llevar adelante correctamente la actividad regulada en la citada normativa.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del INCUCAI ha tomado la intervención prevista en el artículo 101 del Anexo al Decreto N° 1344/2007.

Que el Área de Calidad de este Organismo Nacional, en el ámbito de sus incumbencias, ha evaluado y validado los procedimientos propuestos por la citada Dirección.

Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 de la Ley N° 27.447.

Que la presente medida se trató en reunión de Directorio del día 30 de junio de 2022, Acta Nº 25.

Por ello :

EL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébense los procedimientos para la implementación de las políticas de seguridad informática del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), que como ANEXO ÚNICO (IF-2022-63726256-APN-DTYSI#INCUCAI) forma parte integrante de la presente, por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.

Jose Luis Bustos - Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-


 " MITOFAGIA ".- 

LOS POLIVERSOS DE LA ACTUALIDAD

Por : LUIS BARDIN.

Don Alverso y la Cristina

en CGT y Ensenada

por quién fue el más peronista

disputaron la pueblada.

 

La renuncia de Guzmán

lo ha dejado bien en claro

otra vez el peronismo

debe elegir al más apto:

 

Si a otro leal compañero que

aprenderá a gobernarnos,

o seguirán los subsidios

y los sigan cameleando.

 

Por los aplausos leales

que su cháchara provoca

no hay dudas que al peronismo

Cristina los alborota.

 

 

Jugar a la perinola,

hasta un reloj descompuesto,

marca dos veces la hora.  

 

LUIS BARDIN