jueves, 17 de noviembre de 2022

 A cinco años del hundimiento del ARA San Juan, Taiana participó de la ceremonia en homenaje a los tripulantes y mantuvo un encuentro con los familiares

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal de Guerra Naval - Corresponsal en Casa de Gobierno .-

-El ministro de Defensa, Jorge Taiana, junto al jefe de la Armada Argentina, almirante Julio Horacio Guardia, participó de la ceremonia religiosa en homenaje a los 44 tripulantes del ARA San Juan, al conmemorarse el quinto aniversario del naufragio del submarino ocurrido el 15 de noviembre de 2017 en aguas del Atlántico Sur.

El acto fue en la Base Naval Mar del Plata, donde el titular de la cartera anunció ante los familiares presentes la implementación de un plan de becas de estudio para los hijos de los submarinistas fallecidos.

“Los 44 compatriotas del ARA San Juan estarán por siempre presentes en la memoria y en el corazón del pueblo argentino”, expresó Taiana, y aseguró que “honrar a la tripulación del ARA San Juan es encontrar la verdad y la justicia para esclarecer lo que pasó”.

Al momento de ingresar a la Base Naval, familiares y autoridades civiles y militares procedieron con la colocación de flores en el memorial que homenajea a los 44 tripulantes. 

La ceremonia religiosa estuvo a cargo del obispo Castrense Monseñor Santiago Olivera y contó con la presencia de 270 familiares de los 44 tripulantes, quienes arribaron a la Base Naval Mar del Plata procedentes de distintos puntos del país, y mantuvieron un encuentro con el ministro Taiana previo al acto. 

Durante la reunión con los familiares, el Ministro anunció la puesta en marcha de un plan de becas de estudio destinado a los hijos de los tripulantes fallecidos que será financiado con aportes del Instituto de Ayuda Financiera (IAF), y tiene como objetivo acompañar en el proceso educativo a los jóvenes que perdieron a sus padres en el naufragio. 

Asimismo, Taiana adelantó que se está trabajando junto al Ministerio de Justicia para crear, a través de un decreto presidencial, una Unidad Especial de apoyo a la Investigación del hundimiento del submarino ARA San Juan. 

El ARA San Juan con sus 44 tripulantes a bordo emitió su última comunicación en la mañana del 15 de noviembre de 2017 mientras patrullaba aguas atlánticas desde la Base Naval Ushuaia a su apostadero habitual en la Base Naval Mar del Plata. Fue hallado un año más tarde, durante la madrugada del 17 de noviembre de 2018, a la altura del Golfo San Jorge, a una distancia de 597 kilómetros de Comodoro Rivadavia.

También asistió a la ceremonia el jefe de gabinete del Ministerio de Defensa, Héctor Mazzei, entre otras autoridades civiles y militares.

 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . 

Resolución 256/2022 .-


Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Resolución 256/2022.-

RESOL-2022-256-ANSES-ANSES.-

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2022 .-

VISTO el Expediente N° EX-2022-122787044- -ANSES-DESS#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); las Leyes Nros. 24.241, 26.417, 27.160, sus modificatorias y complementarias, y 27.609; el Decreto Nº 104 de fecha 12 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.417 establece que las prestaciones previsionales otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las excajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, se ajustarán conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.

Que la Ley N° 27.160 dispone que el cálculo del índice de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que por el artículo 1° de la Ley N° 27.609 se sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, y se estableció una nueva fórmula para el cálculo de la movilidad; correspondiendo a esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) elaborar y aprobar el índice trimestral y realizar su posterior publicación.

Que, asimismo, por el artículo 4° del mismo cuerpo normativo se sustituyó el artículo 2° de la Ley N° 26.417 y su modificatoria, disponiendo que, a fin de practicar la actualización trimestral de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24, inciso a) y las mencionadas en el artículo 97 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b) del apartado I del artículo 5° de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias y el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que elabora la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, o quien en el futuro lo sustituya.

Que el Decreto N° 104/2021 aprobó la reglamentación del artículo 32 de la Ley N° 24.241 y su Anexo, sustituidos por el artículo 1° de la Ley N° 27.609, estableciendo el alcance y el contenido de los términos que integran la fórmula del cálculo de la movilidad.

Que dicho Decreto, además, estableció que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) publicará cada uno de los valores de las variables que se tuvieron en cuenta para el cálculo del índice de movilidad correspondiente, así como la metodología practicada a tal fin.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) y la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a través de las Notas N° NO-2022-122661726-APN-INDEC#MEC de fecha 14 de noviembre de 2022 y N° NO-022-115245508-APN-SSS#MT de fecha 27 de octubre de 2022, han suministrado a esta ANSES el Informe Técnico sobre la evolución del Índice General de Salarios (IS) del mes de Septiembre de 2022 y la variación observada para el tercer trimestre de 2022 de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), respectivamente; a los fines de calcular el índice de movilidad que determina el artículo 32 de la Ley N° 24.241.

Que, de conformidad con lo expuesto, corresponde determinar el valor de la movilidad en los términos del artículo 32 de la Ley N° 24.241, que regirá a partir de diciembre de 2022.

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91 y el Decreto N° 429/2020.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de diciembre de 2022, es de QUINCE CON SESENTA Y DOS CENTÉSIMOS POR CIENTO (15,62%).

ARTÍCULO 2°. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese.

Maria Fernanda Raverta.

 


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SOLIDARIDAD CON LAS VICTIMAS DEL ATAQUE SUFRIDO POR POLONIA.                                    COMUNICADO OFICIAL DEL GOBIERNO ARGENTINO

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

El presidente Alberto Fernández así como todo el gobierno argentino expresa su solidaridad con las víctimas del ataque sufrido por Polonia y con todo el pueblo polaco.

Una vez más, reiteramos nuestro llamado a una paz urgente y necesaria que nos quite de esta senda de dolor a la que nos ha llevado la guerra.

El presidente Fernández se mantuvo  en contacto permanente con los líderes regionales y mundiales en el marco de la Celac y el G 20 para seguir buscando una salida al conflicto bélico. 

ROSARIO FINANZAS . 

News 17.11.2022

Rosario Finanzas .
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