viernes, 4 de noviembre de 2022

A 40 AÑOS DEL ANIVERSARIO, CAFIERO AFIRMÓ QUE LA RESOLUCIÓN 37/9 DE LA ONU ES UN “PILAR DE LA POLÍTICA EXTERIOR ARGENTINA”

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

El canciller Santiago Cafiero encabezó la conmemoración del 40° aniversario de la adopción de la resolución 37/9 sobre la Cuestión de las Islas Malvinas por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), junto al Secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Guillermo Carmona, los miembros del Consejo Nacional Malvinas y funcionarios diplomáticos.              

Dicha resolución constituye, junto a la resolución 2065 del año 1965, un hito en la diplomacia argentina y la política de Estado relacionada con Malvinas, ya que fue la primera en adoptarse con posterioridad a la finalización del conflicto del Atlántico Sur de 1982 y establece claramente que dicho conflicto no modificó la naturaleza de la disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, la cual continúa pendiente de solución, y que la única forma de poner fin a este caso especial y particular de descolonización continúa siendo la negociación entre las dos partes a fin de encontrar una solución pacífica y definitiva a la disputa de soberanía.

La resolución no sólo expresa que “el mantenimiento de situaciones coloniales es incompatible con el ideal de paz universal de las Naciones Unidas”, sino también en el punto 1 pide a los gobiernos de la Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que “reanuden las negociaciones a fin de encontrar una solución pacífica a la disputa de Soberanía sobre dichas islas”.

En ese sentido se pronunció el canciller Santiago Cafiero, al afirmar que “hoy es un día que no debe olvidarse, porque a partir de que se recupera la democracia en la Argentina se recuperan ciertos parámetros, se empieza a hablar de pilares de política exterior y uno de ellos, quizás el más antiguo, es él reclamo por Malvinas. El trabajo diplomático fue desde siempre silencioso y constante”.

Explicó que: “El Reino Unido quería dar por clausurada el asunto Malvinas y la disputa de soberanía a partir de una guerra y ahí se impuso la diplomacia. Argentina siempre abordó de manera pacífica el reclamo de soberanía por Malvinas. Este es el testimonio, con las heridas abiertas y con la tristezas de los excombatientes, de los familiares de los caídos. La resolución es un pilar de la política exterior argentina logrado por el servicio exterior de la Nación”.

“El Reino Unido ya no argumenta que la guerra otorga derechos, y ahora hablan de autodeterminación y ahí está también el servicio exterior para plantear que la población está implantada y no hay derecho allí a la autodeterminación”, añadió.

Sobre el final afirmó: “Hay que perseverar en todas las instancias. Con el caso de Chagos quiere decir que no está todo dado. Ese determinismo de pensar que no se puede es equivocado. El mundo está en tensiones y nosotros tenemos la razón. 

Por eso seguimos avanzando y es tan importante sensibilizar a la comunidad internacional como a las fuerzas vivas de la Argentina. Necesitamos seguir luchando con las armas del diálogo y la diplomacia. Este es un mundo que necesita estos testimonios. Malvinas nos une, las Malvinas son argentinas”.

Carmona por su parte, destacó el trabajo del Consejo Nacional de Malvinas y la importancia de Ley de capacitación sobre la Cuestión Malvinas para los funcionarios de los tres poderes del Estado que coordinará la Cancillería y sostuvo que “este año el Gobierno impulsó la agenda Malvinas 40 años. Hemos desarrollado más 1200 actividades oficiales y seguiremos sumando eventos, y en ese contexto había que darle una principal relevancia a la resolución 37/9 de la ONU, porque así como sentimos el dolor por la pérdida de vida humanas la Argentina sigue estando de pie en su reclamo por la Cuestión Malvinas".

“Sin este hecho histórico de la resolución la situación de la posición de Argentina no sería la que hoy tenemos, que es potente en ámbitos multilaterales, con nuestra presencia en todos los foros y un reclamo que tiene plena validez. Hemos decidido persistir frente a la resistencia británica y estamos sumando apoyos internacionales” dijo.

El Secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur afirmó además: “Lo que ocurrió ayer con Chagos, el anuncio del Reino Unido de retomar con el Gobierno de islas Mauricio la cuestión de la soberanía, es un ejemplo de que los momentos llegan y se pueden aprovechar si se está trabajando para cuando llegan, y esa es la tarea que venimos llevando adelante según los principios del derecho internacional. Decían que no tenían dudas de la soberanía británica sobre Chagos, lo mismo dicen sobre Malvinas. Malvinas nos une, las Malvinas son argentinas”.

La diplomática Susana Ruiz Cerutti, excanciller del presidente Raúl Alfonsín y Consejera Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, enfatizó que “el principal mérito de la resolución fue reflejar que la guerra no modifica la naturaleza de la controversia de soberanía, que la disputa se mantenía con todas sus características, una disputa bilateral entre el Reino Unido y la Argentina e instaba a los gobiernos de los dos países a reanudar negociaciones para encontrar en el más breve plazo una solución pacífica.                 

 Era la continuación del proceso de la Resolución 2065, no había un pueblo con derecho a la libre determinación sino sólo habitantes con intereses que debían ser tenidos en cuenta. Lo que estaba en juego era la integralidad territorial de la Argentina”.

Durante el acto, las autoridades hicieron entrega de diplomas a los funcionarios diplomáticos argentinos que participaron en las gestiones para la aprobación de la resolución en noviembre de 1982 en reconocimiento a su importante contribución a este éxito diplomático, que fue posible gracias al trabajo profesional del Servicio Exterior de la Nación. Finalmente, en el cierre del evento se descubrió una placa conmemorativa sobre los 40 años de la resolución 37/9 que será colocada en la ronda del Palacio San Martín.
Los funcionarios diplomáticos reconocidos fueron los Embajadores Arnoldo M. Listre, Atilio Molteni (recibió su hijo, Ministro Sebastián Molteni), Vicente Espeche Gil, Luis E. Capagli, Alfredo Corti; Rogelio Pfirter, Domingo S. Cullen, Raúl Ricardes, Pedro Villagra Delgado, Silvia M. Mérega y actual vicecanciller Pablo Tettamanti.
La resolución 37/9 fue un importante logro de la diplomacia argentina. El proyecto de resolución fue presentado de manera conjunta por los 20 países de América Latina que son Miembros de la ONU y recibió el respaldo de los países de Europa Oriental y del Movimiento de No Alineados, fundamentalmente de las jóvenes naciones de Asia y África, la Unión Soviética, China, Estados Unidos y otros miembros del entonces denominado “bloque occidental” (España, Japón, Grecia, Austria e Israel). Otros países que mantenían fuertes vínculos con el Reino Unido, como Francia, Alemania, Italia e Irlanda, si bien se abstuvieron, expresaron su respaldo al núcleo de la resolución e instaron a las dos partes en la disputa a resolver sus diferencias mediante las negociaciones.
Estuvieron presentes durante la ceremonia el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, Eduardo Valdes (FdT); los senadores Juan Carlos Romero (Cambio Federal) y Pablo Blanco (UCR); la diputada nacional Rosana Bertone (FdT); la secretaria de Relaciones Económicas Internacionales, Cecilia Todesca Bocco; la subsecretaría de Asuntos Nacionales, Marina Cardelli; el ex combatiente y actual Director del Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur, Edgardo Esteban; y los embajadores de Perú, Peter Camino; de Chile, Bárbara Figueroa; de Brasil, Reinaldo Salgado, entre otros representantes extranjeros acreditados en nuestro país.

EMPRESA CHINA ANUNCIA INVERSIONES EN LITIO EN ARGENTINA POR MÁS DE 2.000 MILLONES DE DÓLARES.                                      

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

La empresa china Tibet Summit Resources Co. Ltd. Invertirá 2.200 millones de dólares en dos proyectos de exploración de litio en nuestro país, en el marco de la Exposición Internacional de Importaciones de China (CIIE, por sus siglas en inglés) que se realizó en la ciudad de Shanghái.

Durante la reunión que mantuvo con el embajador argentino en ese pais, el presidente de la empresa china, Jian Rong Huang, anunció que su compañía tiene planes para invertir 700 millones de dólares en el proyecto “Salar de Diablillos”, provincia de Salta, del que se espera una producción anual de 50.000 toneladas de carbonato de litio apto para baterías a partir del año que viene. Asimismo, la empresa china pondrá otros 1.500 millones de dólares para construir una planta en la que podría producir entre 50.000 y 100.000 toneladas del mismo mineral al año en el “Salar Arizaro” para 2024, también en Salta.

En China, el precio del carbonato de litio aumentó a casi 78.000 dólares por tonelada la semana pasada, un máximo histórico y un aumento de alrededor del 130% en el año. Si se tomaran como referencia estos precios, las inversiones previstas en Argentina por Tibet Summit suponen divisas por alrededor de 8.000 millones de dólares en el corto plazo.

Tibet Summit anunció que espera generar 10.000 puestos de trabajo en las zonas donde se realicen los trabajos. Asimismo, mediante un comunicado de prensa informó que la tecnología a utilizar es de "absorsión por membrana”, que permite una extracción 80% superior a la tradicional, en un tiempo mínimo y con mayor cuidado del medioambiente.
La empresa cotiza en la bolsa de Shanghái, con una amplia experiencia y un alto rendimiento en inversión y operación de proyectos mineros transfronterizos. Desde la adquisición de Lithium X Energy Corp. en 2018, Tibet Summit controla sus dos filiales, Potasio y Litio de Argentina S.A. (PLASA) y Tortuga de Oro S.A. (TOSA).
Asimismo, consultado sobre la capacidad de complementación de ambas economías en esta industria, el embajador argentino sostuvo: “China es el único jugador mundial que domina totalmente la cadena del litio y refinan más de dos tercios del litio que hay en la actualidad. Cuando vemos ciertas restricciones en algunos países del eje atlántico sobre este sector hay algo que queda claro: el litio es estratégico, jugará en los próximos años un rol fundamental. Nuestro país tiene una posición privilegiada y debemos, explotarla al máximo de la mano de China”.

 

La Asociación de Cooperativas Argentinas realizó un día de campo en su renovado criadero de cereales de Cabildo                          

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-Corresponsal en Casa de Gobierno .-

La Asociación de Cooperativas Argentinas realizó un día de campo en su renovado criadero de cereales de Cabildo.

Con el foco puesto en mostrar la propuesta de las nuevas variedades de trigo que ofrece, la Asociación  de Cooperativas Argentinas, abrió las puertas de su Criadero de Cereales ubicado en la localidad bonaerense de Cabildo.

Desde que comenzaron sus actividades en 1976 tiene como objetivo el mejoramiento genético vegetal estableciéndose en la zona como el primer Campo Experimental y con infraestructura de producción y procesamiento de semillas para grano fino.                  

Durante la jornada realizada el 2 de noviembre último, los investigadores y especialistas dieron a conocer las novedades en el desarrollo de futuros lanzamientos, las nuevas tecnologías y prescripciones aplicadas en los sistemas productivos, las nuevas  variedades de trigo disponibles, al igual que los avances en el procesamiento y obtención de semilla de calidad para la siembra.

En un proceso de constante evolución, el Criadero, desarrolla una intensa actividad de  investigación científica en distintas especialidades comprometidas con el crecimiento y desarrollo agropecuario del país.

A lo largo de estos 46 años de investigación y desarrollo fue posible liberar al mercado  más de 50 cultivares de trigo que reúnen entre sus principales características una amplia 
adaptación a las distintas áreas productivas del país, sanidad, calidad y potencial de
rendimiento.

Mediante estas actividades, la Asociación, fortalece el vínculo con sus productores a los que mediante las Cooperativas y Centros de Desarrollo, les brinda información técnica y soluciones tecnológicas que fortalecen e impulsan al sector mediante la mejora continua de su propuesta.

ACA hoy

A lo largo de 100 años de historia, ACA se posicionó como el operador de granos más importante del país en la comercialización de cereales y oleaginosas, con más de 24 millones  de toneladas anuales.

Su misión es brindar soluciones integrales a las cooperativas y productores agropecuarios, creando valor en forma competitiva y sustentable, teniendo como base los principios y valores cooperativos.
Es un actor presente en toda la cadena de valor agroindustrial y junto a sus cooperativas asociadas es la propuesta más integral para el productor agropecuario: con un esquema comercial con múltiples alternativas, provee y distribuye insumos, llega a los mercados externos con una amplia red de instalaciones.
Actualmente, con presencia en 11 provincias y más de 600 pueblos y ciudades del país, esta cooperativa de segundo grado nuclea a 239 cooperativas de primer grado, reúne a 50.000 productores, cuenta con 4 puertos, 58 centros de desarrollo cooperativos, 5 plantas industriales y proyectos de agregado de valor.

 

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA . 

Disposición 8797/2022.-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de Gobierno .-

Disposición 8797/2022.-
DI-2022-8797-APN-ANMAT#MS.-

 

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022 .-

VISTO el Expediente Nº EX-2022-89557581-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones citadas en el VISTO en virtud de que el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud informó de una denuncia realizada por una usuaria respecto de los productos rotulados como: “EAU DE PARFUM marca COCO RUSSH by ORI RUSSO” y “EAU DE PARFUM, marca NECTAR & AMBROSIA DELICIEUSE – ORI RUSSO”, los cuales no cumplirían con la normativa sanitaria vigente.

Que, en la mencionada denuncia se adjuntaron capturas de las publicaciones del perfil de la red social Instagram denominado @orirusso98 y @orirussoperfumes en los cuales se ofrecían para la venta los productos en estudio.

Que consultada que fue la base de datos de productos cosméticos inscriptos ante esta ANMAT, pudo determinarse que los datos identificatorios de los citados productos no correspondían a un ningún cosmético que contara con la debida inscripción.

Que, en virtud de lo actuado, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal intentó notificar a la propietaria de la cuenta de Instagram donde se hallaban publicados los productos vía correo electrónico a la dirección russo-oriana@hotmail.com, obrante en su perfil, a fines de solicitarle que aportara los trámites de inscripción de los productos publicados y la identificación de los laboratorios elaboradores involucrados en su producción, no obstante, no obtuvo respuesta alguna.

Que, asimismo, el citado Departamento detectó la promoción y venta de los mencionados productos en los sitios web que se detallan a continuación: https://www.youtube.com/watch?v=qEMAccgBGmEhttps://www.instagram.com/stories/highlights/17909573378336448/ https://www.instagram.com/stories/highlights/17898464459143408/https://www.instagram.com/p/Cgx_0o6Ayuo/ https://www.instagram.com/p/CgkDs6UuUtu/ https://www.instagram.com/p/CgkCXJRO2Jm/ https://www.instagram.com/p/CgLajq0M3F5/ https://www.instagram.com/p/CgKk-lBJ1Yx/ https://www.instagram.com/p/CgKkyECJMst/ https://www.instagram.com/p/CgKkdfSJr-V/ https://www.instagram.com/p/CgJFcTGsX2s/ https://www.instagram.com/p/CgJFQIRskXH/ https://www.instagram.com/p/CgJE0mkM8Fs/ https://www.fragrantica.es/perfume/Ori-Russo/Coco-Russh-75814.html https://www.fragrantica.es/perfume/Ori-Russo/Nectar-Ambrosia-Delicieuse-75815.html

Que, en virtud de lo manifestado, el Departamento actuante señaló que el producto en estudio infringía los artículos 1° y 3° de la Resolución 155/98.

Que, atento ello, recomendó prohibir el uso, comercialización y publicidad en todo el territorio nacional de todas las presentaciones de los productos “EAU DE PARFUM marca COCO RUSSH by ORI RUSSO” y “EAU DE PARFUM, marca NECTAR & AMBROSIA DELICIEUSE – ORI RUSSO”

Que, es necesario señalar que el perfume es un producto cosmético destinados al uso en humanos, por lo cual para ser admitido como apto es necesario que cumpla con los estándares establecidos por la normativa sanitaria vigente.

Que, esta Administración Nacional es competente para el dictado de la medida de prohibición de uso, comercialización y publicidad sugerida por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que se encuentra sustentada en el inciso ñ) del artículo 8º de la citada norma.

Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese el uso, comercialización y publicidad en todo el territorio nacional de todas las presentaciones de los productos “EAU DE PARFUM marca COCO RUSSH by ORI RUSSO” y “EAU DE PARFUM, marca NECTAR & AMBROSIA DELICIEUSE – ORI RUSSO”

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.

Manuel Limeres

 

LEY DEL DEPORTE . 

Ley 27692 .-

Por : Bernardo Goncalves Borrega .-
Corresponsal en Casa de GTobierno .-

Ley Nº 20.655.-

Modificación.-

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Modificación a la Ley 20.655, Artículo 20, “Ley del Deporte” y sus modificatorias

Artículo 1°- Modifíquese la ley 20.655 “Ley del Deporte y sus modificatorias”, en su Artículo 20, por el siguiente texto, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 20: El Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física se estructura con las asociaciones civiles deportivas de primer grado, de segundo grado, de representación nacional y superiores.

Las asociaciones civiles deportivas de primer grado son entidades denominadas clubes u otra forma compatible con su calidad, están integradas por personas humanas, tienen como finalidad esencial la práctica, desarrollo, sostenimiento u organización del deporte y la actividad física y se clasifican, según el objeto al que se dirigen sus acciones, en asociaciones civiles deportivas de deporte educativo, de deporte social y comunitario; de deporte para adultos mayores, de deporte de ámbito laboral, de deporte universitario, de deporte federado, de deporte militar, de deporte de alto rendimiento, o de deporte adaptado.

Las asociaciones civiles deportivas de segundo grado son entidades denominadas federaciones, uniones, ligas, círculos u otra forma compatible con su calidad, están integradas por otras asociaciones civiles deportivas, tienen como finalidad esencial la organización y representación del deporte y la actividad física y no alcanzan los umbrales mínimos de representación contemplados en el párrafo siguiente; se clasifican, según el ámbito geográfico en el que se desenvuelven, en asociaciones civiles deportivas de representación municipal o comunal, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de representación provincial o de representación regional y, según el objeto al que se dirigen sus acciones, en asociaciones civiles deportivas de segundo grado de deporte social y comunitario; de deporte para personas adultas mayores, de deporte de ámbito laboral, de deporte universitario, de deporte federado, de deporte militar, de deporte de alto rendimiento o de deporte adaptado.

Las asociaciones civiles deportivas de representación nacional son entidades denominadas federaciones nacionales, confederaciones nacionales u otra forma compatible con su calidad, están integradas por otras asociaciones civiles deportivas, tienen como finalidad esencial la organización y representación del deporte y la actividad física, dentro de un ámbito geográfico que comprenda un mínimo de cinco (5) provincias y tres (3) de las regiones deportivas previstas en la presente ley, excepto los deportes de invierno, que podrán comprender un umbral menor. Se clasifican, según el objeto al que se dirigen sus acciones, en asociaciones civiles deportivas de representación nacional de deporte educativo, de deporte social y comunitario; de deporte para adultos mayores, de deporte de ámbito laboral, de deporte universitario, de deporte federado, de deporte militar, de deporte de alto rendimiento, o de deporte adaptado. El órgano de aplicación podrá disponer excepciones a los umbrales mínimos de representación indicados en el presente párrafo cuando las características del caso así lo aconsejen.

Las asociaciones civiles deportivas superiores son la Confederación Argentina de Deportes, integrada por las asociaciones civiles deportivas de representación municipal o comunal, de representación nacional y las asociaciones civiles deportivas de representación provincial denominadas confederaciones, el Comité Olímpico Argentino, integrado por las asociaciones civiles deportivas de representación nacional, comprendidas en el movimiento olímpico y también, el Comité Paralímpico Argentino, integrado por las asociaciones civiles deportivas para deportes paralímpicos. 

Se reconoce la autonomía de las asociaciones civiles deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física en el libre ejercicio de sus funciones.

Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

REGISTRADO BAJO EL N° 27692

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

Decreto 732/2022

DCTO-2022-732-APN-PTE - Promúlgase la Ley N° 27.692.

 

Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2022.-

En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.692 (IF-2022-112265093-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 12 de octubre de 2022.

Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. Cumplido, archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Matías Lammens.-